II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado. (BOE-A-2024-5900)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 34356

Los aspirantes que obtuviesen en el segundo ejercicio 30 puntos o más, quedarán
exentos del segundo ejercicio en las pruebas selectivas de la siguiente convocatoria,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sea
análogo.
Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobar
alcanzar un mínimo de 20 puntos.
Cuarto ejercicio: se calificará de 0 a 80 puntos, siendo necesario para aprobar
alcanzar un mínimo de 40 puntos.
Quienes, estando exentos de algún ejercicio en la presente convocatoria, renuncien
a la exención y opten voluntariamente por su realización, quedarán a resultas de la
calificación que obtengan en la presente convocatoria.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios segundo, tercero y cuarto.
A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen
algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima obtenida
en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria
inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación
de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
II.B) Fase de concurso
Se valorarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera. Se valorarán los
servicios prestados como personal funcionario de carrera en el alguno de los cuerpos o
escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, o en cuerpos o
escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o en cuerpos o escalas del
subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1. del Texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,
con una puntuación de 0,3 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 6
puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado. Se otorgará la siguiente puntuación al
grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado, a través del Acuerdo de Reconocimiento de
Grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación
del certificado del anexo V de esta resolución, hasta un máximo de 2 puntos:
Hasta el grado 18: 0,40 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,20 puntos.
c) Experiencia en el desempeño de funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo
Superior de Inspectores de Seguros del Estado, con carácter interino o temporal. Se
valorará la experiencia de las funciones descritas en las correspondientes certificaciones
que sean idénticas o análogas a las del Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del
Estado con 0,25 puntos por año, hasta un máximo 1 punto.
d) Cursos de formación. Se valorarán los cursos de formación, recibidos y
acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores

cve: BOE-A-2024-5900
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Núm. 74