III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5874)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los anexos de contenido económico con valores definitivos del año 2023 del Convenio colectivo estatal del sector de industrias cárnicas.
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Actividad media/hora – 60  n.º horas trabajadas X.V.P.P. este convenio
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34252

ANEXO 7
Plus de nocturnidad
1. El plus de nocturnidad se calculará, para cada categoría, de acuerdo con la
siguiente fórmula:

Plus de nocturnidad=

Salario base  0,30
6,666 h.

ANEXO 8
Antigüedad
Como quiera que desde el 31 de diciembre de 1999 ningún trabajador devenga
nuevos bienios ni quinquenios por razón de antigüedad, al haber concluido el período
transitorio, la antigüedad consolidada al 31 de diciembre de 2023 se incrementará en
un 0,6 %. La actualización salarial del concepto de antigüedad no genera el pago de
atrasos por este concepto por el periodo 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023
resultando de aplicación desde el 1 de enero de 2024.
ANEXO 9
Dietas
1.

El importe de las dietas queda establecido en los siguientes valores:

Año 2023:
Comida: 16,349 euros.
Cena: 16,349 euros.
Cama y desayuno: 32,718 euros.
La distribución del importe reconocido para cama y desayuno se efectuará a tenor de
los criterios que se fijen en cada Empresa.
2. Las personas trabajadoras que hayan de desplazarse fuera de España
devengarán, como mínimo, en concepto de dieta internacional, 104,368 euros en 2023
por cada día completo de desplazamiento. Esta cantidad, que no incluye el importe del
alojamiento, podrá sustituirse por el sistema de pago de gastos justificados.
ANEXO 10
Fomento de empleo
04978-formulas.docx 18/03/2024 10:22

a)

Jubilación.

Concepcion Ortiz

1

b)

Contratos de relevo.

Podrán formalizarse contratos de relevo a tenor de las normas legales y
convencionales vigentes.

cve: BOE-A-2024-5874
Verificable en https://www.boe.es

Dada la modificación legislativa habida en la materia se aplicará la normativa legal
vigente en cada momento.