III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5869)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de Avaya Comunicación España, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34208

3. Autonomía: Sujeto a estrecha supervisión de un jefe de equipo con experiencia o
jefe. Informa a los jefes y otros cargos de problemas más complejos. Sometido a
revisiones periódicas de su trabajo y resultados.
4. Mando: Sin responsabilidad de supervisión.
5. Complejidad: Realiza trabajos de complejidad media o baja basado en procesos
claros. Afronta los problemas con curiosidad y flexibilidad. Debe tener en cuenta las
políticas y prácticas de su área cuando tome una acción. Planea y desarrolla un trabajo
de acuerdo con métodos de operación y políticas ya conocidos.
6. Responsabilidad: Responsable de sus propias acciones y de las consecuencias
de las mismas.
7. Impacto: Se percibe generalmente dentro de un grupo en el cual opera y es
limitado en el área funcional o en la organización total.
8. Interacciones: Interactúa con todos los niveles para obtener o proporcionar
información. Comunica y ayuda en la implementación de programas y procedimientos.
Interactúa con colegas senior en un papel de soporte.
II. Grupo Profesional MA.
1. Formación y experiencia: Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño
de su profesión equivalentes a Bachillerato o Formación Profesional II. Habitualmente
requiere de 0 a 4 años de experiencia y/o programas de formación relacionados con su
trabajo.
2. Conocimiento y habilidades: En proceso de formación continua en un área
funcional con cierto nivel de conocimiento previo de esa área. Actúa con moderado nivel
de responsabilidad proyectos en un ámbito bien definido.
3. Autonomía: Trabaja en los proyectos con supervisión moderada. Realiza trabajos
técnicos o profesionales de mediana complejidad de forma independiente.
4. Mando: No tiene responsabilidades de supervisión.
5. Complejidad: Realiza trabajos de complejidad media con nivel medio de análisis.
Colabora con el resto a la hora de evaluar o tomar decisiones que son más complejas.
Muestra deseos de aprender y de demostrar su grado creciente de colaboración.
6. Responsabilidad: Conoce los resultados que su supervisor, clientes u otros
esperan de él.
7. Impacto: Se percibe generalmente en el proyecto, equipo y/o función en el que
trabaja.
8. Interacciones: Interactúa con clientes (Internos y/o externos) para intercambiar
información y proporcionar consejo. Habilidad para establecer y mantener relaciones de
trabajo productivas.
III. Grupo Profesional SMA.
Grupo Profesional SMA sin supervisión de personal.

1. Formación y experiencia: Considerado como un profesional experto.
Comprensión detallada y aplicación de las normas teóricas. Sabe que su trabajo se
relaciona con el trabajo de otros en una misma función. Habitualmente requiere de tres a
seis años de experiencia con una formación mínima de Bachiller Unificado Polivalente o
Formación Profesional II, o formación equivalente.
2. Conocimiento y habilidades: Capaz de manejar un gran número de proyectos a
corto y medio plazo. Requiere un conocimiento funcional detallado y la habilidad de
poder trabajar en diferentes funciones. Aplica conocimientos y conceptos avanzados a
una amplia gama de funciones.
3. Autonomía: Trabaja independientemente con criterios ampliamente definidos con
un mínimo de supervisión y revisión limitada de los resultados. Trabaja en diversas
funciones para resolver los problemas.
4. Mando: No tiene responsabilidades de supervisión, pero puede ser un líder de
equipo informal.

cve: BOE-A-2024-5869
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