III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5869)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de Avaya Comunicación España, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34221

Gestora o Colaboradora de la Seguridad Social, hasta completar su salario real. A estos
efectos se considerará como salario real el siguiente:
Empleados sujetos a compensación SCP (Sales Compensation Plan): Si la situación
de Incapacidad Laboral se extiende por un periodo superior a los noventa días, la
empresa y el Comité de Empresa acordarán conjuntamente y para cada caso concreto,
cual es el mejor criterio de compensación con el objetivo que el empleado reciba su
salario real.
Para periodos de Incapacidad Laboral inferior a los 90 días, su salario real será
calculado en función de los objetivos logrados en ese periodo.
Empleados sujetos a STIP (Short Term Incentive Plan): el salario real será el salario
fijo más el variable, aplicándose para el cómputo del variable los criterios de
compensación de la compañía basados que se apliquen en el periodo considerado a los
empleados en activo. Dado que dichos criterios se basan –entre otros elementos– en el
desempeño de objetivos personales; se considerará en el cómputo del variable como
valoración del dicho desempeño la que resulte más favorable para el empleado entre las
siguientes:
Valoración de objetivos personales cumplidos al 100 %
Valoración de objetivos personales del último semestre trabajado.
Para todos los empleados, en el supuesto de que las definiciones anteriores puedan
dar lugar a distintas interpretaciones por cambios de los procesos de compensación de
la compañía, el criterio acordado es el de asegurar un trato equitativo entre los
empleados en situación de IT y el resto de los empleados.
Artículo 30.

Ticket restaurant.

La Empresa entregará anualmente a cada empleado un total de ticket restaurante
equivalente al total de días laborables (244 para 2023), por importe de 14,23 euros cada
uno, antes del comienzo de cada mes según la siguiente tabla:
N.º de tickets

Enero.

21

Febrero.

21

Marzo.

21

Abril.

18

Mayo.

20

Junio.

21

Julio.

22

Agosto.

22

Septiembre.

20

Octubre.

22

Noviembre.

19

Diciembre.

17

La cuantía económica será efectiva desde 1 de octubre de 2023 y se verá
incrementada como sigue:
Segundo periodo de aplicación del convenio: IPC.

cve: BOE-A-2024-5869
Verificable en https://www.boe.es

Mes