III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-5879)
Resolución de 10 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio con Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en el Estado Español, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34291

(EAPN-ES) para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto:
La adaptación del anexo I del convenio a la resolución de autorización para realizar
modificaciones en el proyecto basadas en la aparición de circunstancias que han
alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de
ejecución.
Segunda.

Modificación del convenio.

a) El contenido del primer y segundo párrafo del apartado tercero (Resumen del
proyecto) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda
redactado del modo siguiente:
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones decidió invertir
recursos en la extensión del IMV hasta alcanzar el universo total de destinatarios
previstos, unas 850.000 unidades de convivencia que experimentan pobreza
severa. De acuerdo con los registros oficiales, varios miles de potenciales
destinatarios elegibles no han solicitado esta prestación, es decir que se
encuentran en non take-up (NTU). Este proyecto se realiza para contribuir a la
incorporación de estos potenciales destinatarios al IMV, a fin de que mejoren su
situación de bienestar, y para contrastar una metodología de outreach diseñada a
tal efecto, consistente en acciones de comunicación e información sobre el IMV, de
asesoramiento y de apoyo de potenciales beneficiarios del IMV a presentar su
solicitud a la medida.
El proyecto tiene cuatro objetivos que se ejecutan de manera consecutiva. El
Objetivo 1 consiste en la movilización de las personas en NTU para ampliar la
cobertura efectiva del IMV y comprobar los resultados obtenidos mediante un
proceso de distribución aleatorio. Para ello se realiza una distribución por nodos,
áreas geográficas donde residen potenciales beneficiarios del IMV, secciones
censales con altos niveles de pobreza. En cada nodo se identificarán alrededor
de 30 registros de personas en dichas secciones censales, a las cuales se les
realizará una encuesta. En total habrá 400 nodos, en torno a 12.000 personas
encuestadas. De los 400 NODOS, se asignarán aleatoriamente 300 NODOS para
los grupos de tratamiento (GT) y 100 nodos para el grupo de control (GC),
con 3.000 registros encuestados aproximadamente en cada grupo.»
b) El contenido del sexto y séptimo párrafo del apartado tercero (Resumen del
proyecto) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda
redactado del modo siguiente:

c) El contenido del décimo párrafo del apartado tercero (Resumen del proyecto) del
anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo
siguiente:
«Tras finalizar el trabajo de campo y hasta el término de la fase de ejecución,
se evaluará la posibilidad de llevar a cabo acciones focalizadas para movilizar a
las personas que siguen en NTU y ampliar la cobertura del IMV. Estas acciones,
sujetas a una evaluación preliminar de impacto y viabilidad, podrían incluir el

cve: BOE-A-2024-5879
Verificable en https://www.boe.es

«Al finalizar el proceso outreach se le administrará la encuesta final a las
personas que recibieron la encuesta de base, para conocer: a) si conocen la
medida, cómo la valoran y si la han solicitado; b) otras cuestiones relativas a
información relacionada con IMV.
Como objetivo segundo, al terminar esta fase se compararán los resultados del
GT y del GC: las actuaciones con el GT habrán tenido éxito si se ha generado una
reducción significativa del NTU, con respecto al GC.»