I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-5722)
Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de marzo de 2024

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cualquier información que pueda ayudar a la Administración tributaria a evaluar el riesgo
fiscal del mecanismo. Estas modificaciones tienen su origen, además de en la citada
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la modificación
introducida en el artículo 46 del RGAT como consecuencia de los cambios introducidos
en la DAC6 por la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por
la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el
ámbito de la fiscalidad (DAC8). Estas modificaciones implican la actualización del
«Contenido del Modelo 234» del anexo I de la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia jurídica por ser desarrollo de una
norma legal y reglamentaria y el instrumento adecuado para dicho desarrollo.
Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación
necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.
Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto
con el resto del ordenamiento jurídico nacional, así como con el de la Unión Europea,
generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre
que facilita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de
decisiones de los diferentes sujetos afectados sin introducción de cargas administrativas
innecesarias.
El principio de transparencia, sin perjuicio de su publicación oficial en el «Boletín
Oficial del Estado», se ha garantizado mediante la publicación del proyecto de orden y
correspondiente memoria en el portal web del Ministerio de Hacienda, a efectos de que
pudieran ser conocidos dichos textos en el trámite de audiencia e información pública por
todos los ciudadanos.
Por último, en relación con el principio de eficiencia se ha procurado que la norma
genere las menores cargas administrativas para los ciudadanos, así como los menores
costes indirectos, fomentando el uso racional de los recursos públicos y el pleno respeto
a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La orden ministerial se dicta al amparo de las habilitaciones contenidas en los
artículos 30.2 y 117.1 del RGAT, así como en las habilitaciones específicas previstas en
los artículos 46.4 y 49 ter.8 del RGAT.
Las habilitaciones anteriores deben entenderse conferidas en la actualidad a la
Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 5 y en la disposición final segunda del Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Aprobación del modelo 239 de «Declaración de información de
determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo
Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de
información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de
comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas».
Se aprueba el modelo 239 de «Declaración de información de determinados
mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades
Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de
elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras
extraterritoriales opacas» cuyo contenido figura en el anexo I de la presente orden.
Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 239.
Estarán obligados a presentar el modelo 239 las personas o entidades a que se
refieren los apartados 1 y 4 del artículo 49 ter del Reglamento General de las

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