II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2024-5632)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, en régimen de contratación laboral, de plaza de Médico/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 33066

La puntuación de cada persona candidata en la fase de concurso será la resultante
de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres apartados susceptibles de
puntuación (experiencia laboral; cursos de formación; titulaciones).
Fase de oposición:
Para la valoración de la fase de oposición la comisión de selección tendrá en cuenta
los conocimientos sobre el temario, la capacidad de análisis, el orden y claridad de ideas
y la capacidad de expresión escrita y oral.
En ambos ejercicios, tras la necesaria deliberación de los miembros de la comisión
de selección, la calificación de cada aspirante se hará mediante papeletas, una por cada
integrante de la comisión de selección, que contendrá su nombre y su firma, así como la
puntuación otorgada. La calificación de la comisión de selección será el cociente de
dividir la suma de los puntos consignados en las papeletas por el número de papeletas
emitidas.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos, con el siguiente desglose:
– Bloque I (Materias Parlamentarias): de 0 a 30 puntos.
– Bloque II (Materias Médicas): de 0 a 70 puntos.
La puntuación de cada persona aspirante en este ejercicio será la resultante de
sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos bloques.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos.
La puntuación de cada persona candidata en la fase de oposición será la resultante
de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.
Será necesario obtener, como mínimo, 100 puntos para superar la fase de oposición.
La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y la fase de oposición. En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase
de concurso.
Se publicarán en la web del Senado el nombre y las puntuaciones, tanto parciales
como final, de todas las personas que hayan aprobado ambas fases del proceso
selectivo.
Se considerará que ha superado el proceso selectivo la persona aspirante que haya
aprobado ambas fases y haya obtenido la mayor puntuación final.
En ningún caso podrá superar el proceso selectivo más de una persona.
Undécima.

Propuesta de la comisión de selección.

Duodécima.

Presentación de documentos.

Con carácter previo a la formalización del contrato, y en el plazo de quince días
hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga público el nombre de la
persona propuesta para su contratación, esta deberá presentar en la Dirección de
Recursos Humanos y Gobierno Interior la documentación que justifique la capacidad y
requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria y, en particular, el documento
original del título por el que haya sido admitida a participar en el proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-5632
Verificable en https://www.boe.es

Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección comunicará a la Dirección
de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado el
nombre de la persona que lo haya superado.
La Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior elevará a la Mesa de la
Cámara propuesta de contratación de la persona que haya superado el proceso
selectivo, acompañada de la relación de las restantes personas aspirantes ordenada
según la puntuación obtenida.
El acuerdo de la Mesa de aprobación de dicha propuesta de contratación se
publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Senado.