III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5697)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de conexión subfluvial del saneamiento general de las marismas de Santoña entre Laredo y Santoña (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de marzo de 2024

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cercano al pozo norte, pero que en ningún caso supone la contaminación de las aguas
subterráneas. Tendrá carácter temporal y, tras la ejecución de las obras, se volverá a la
situación inicial hasta alcanzar el nivel freático, por lo que el equilibrio hidráulico en este
entorno se conservará.
Durante la explotación, el impacto más relevante de las instalaciones será la
eliminación de los vertidos de aguas residuales sin depurar que actualmente reciben las
marismas de Santoña procedentes de los núcleos de población de su entorno. Ello
tendrá un beneficio a largo plazo sobre la población, la calidad del agua y sobre las
comunidades vegetales y animales asociadas a las marismas. Sin perjuicio de lo
anterior, el promotor indica que se extremarán las medidas de seguridad en las labores
de mantenimiento y vigilancia generadoras de residuos en fase de explotación. Los
residuos se almacenarán en lugares autorizados al efecto hasta su puesta a disposición
de gestor autorizado para su tratamiento, reciclaje o recuperación.
La Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de
Cantabria señala que los efluentes procedentes de las labores de perforación y sellado
del túnel (pérdidas de lodos bentoníticos, mortero, derrame de aceites, lubricantes y
otros líquidos), van a parar, a través del pozo de bombeo y del túnel de Buciero, a la
estación de bombeo de El Dueso para posterior vertido a cauce público previo
tratamiento de decantación en caso necesario. Recomienda el envío de esta mezcla de
agua con efluentes a la estación depuradora de San Pantaleón, a través del bombeo de
El Dueso, para su correcto tratamiento previo al vertido a mar abierto a través del
emisario submarino existente, evitando de este modo su vertido directo a las marismas
próximas, ubicadas en el parque natural y en los espacios de la Red Natura 2000. En
caso de inviabilidad, se instalará un sistema de balsas de decantación y separación de
hidrocarburos. Se deberá garantizar que las aguas que se viertan a la marisma estén
totalmente libres de contaminantes, por lo que se llevarán a cabo análisis de muestras
del vertido con la periodicidad que establezca el órgano gestor del parque natural, previa
obtención de las correspondientes autorizaciones de vertido. También deberá
concretarse el modo de gestión de los lodos bentoníticos empleados en la perforación al
final de su vida útil.
En la documentación de modificaciones, el promotor no aprecia inconveniente en que
los caudales bombeados a la estación de bombeo de El Dueso sean enviados a la EDAR
de San Pantaleón para su tratamiento. Tampoco habría inconveniente en la solución
alternativa de decantación planteada, ni en el control del vertido en los términos que
refleje la correspondiente autorización. Como medida adicional propone incluir la
limpieza periódica de los cubetos de aspiración del bombeo de El Dueso y del túnel para
gestionar los sedimentos que se acumulen durante el período que duren las obras. Así
mismo, se ajustará el diseño del pozo de bombeo de Santoña para reducir la generación
de gran parte de los efluentes a evacuar, de modo que se limiten a las filtraciones en las
juntas de dovelas y a los efluentes procedentes de las labores de perforación, con lo que
se conseguirá reducir el tiempo de extracción y vertido de aguas freáticas y de
restablecimiento del nivel del acuífero.
El promotor aclara que no se realizan renovaciones periódicas completas de los
lodos de perforación, sino que se van aportando de forma continua para contrarrestar las
pérdidas entre el material excavado. Al final de la excavación del túnel, todo el lodo del
circuito, del orden de 250 m3, es retirado y, dada su composición (arcilla), únicamente
precisa de una pérdida de humedad para ser depositado en la cantera del Sorbal con el
material excavado. Por tanto, al final de su vida útil, el lodo bentonítico retirado será
tratado por decantación y desecación en balsas en la cantera del Sorbal.
La Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos del Gobierno de Cantabria
informa que deberán solicitarse a esa administración las autorizaciones de vertido
necesarias para la evacuación al dominio público marítimo-terrestre de las aguas de
drenaje procedentes de las obras según viene regulado por el Decreto 47/2009, de 4 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de vertido desde tierra al litoral de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, como ya se realizó durante la ejecución del

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Núm. 71