III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5575)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de San Vicente de la Barquera-Potes, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva y la rectificación de la descripción de la finca sobre la que se declara.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 32595

siguiente descripción: «Urbana en Prellezo, Ayuntamiento de Val de San Vicente.–
Parcela de terreno en (…), que tiene una superficie de cincuenta y dos metros
cuadrados, según título y de sesenta y siete metros cuadrados, según catastro. Dentro
de su perímetro existe construida una edificación destinada a vivienda unifamiliar, de
planta baja y planta primera, con una superficie construida y computable de setenta y
nueve metros y ochenta decímetros cuadrados (79,84 m2), y útil de cincuenta y ocho
metros y treinta y cinco decímetros cuadrados (58,35 m2), con los siguientes usos y
superficies: a) La planta baja tiene una superficie construida de cuarenta y dos metros y
dos decímetros cuadrados (42,02 m2), y útil de treinta y un metros y cincuenta y seis
decímetros cuadrados (31,56 m2), distribuidos en salón comedor-cocina, previo, baño y
escalera. b) Y la planta primera tiene una superficie construida de treinta y siete metros y
ochenta y dos decímetros cuadrados (37,82 m2), y útil de veintiséis metros y setenta y
nueve decímetros cuadrados (26,79 m2), destinada a distribuidor, dormitorio y trastero.
La construcción ocupa sobre el suelo una superficie de cuarenta y dos metros y dos
decímetros cuadrados (42,02 m2). Suelo y vuelo constituyen una sola entidad registral
que linda: Norte, camino público; Sur, A. L. S. (referencia catastral:
2749012UP8024N0001US); Este, A. B. S. (referencia catastral 24901UP8024N0001SS);
Oeste, por donde tiene su entrada, camino público y A. C. I. (referencia catastral:
2749008UP8024N0001ZS).
Tiene
asignada
la
referencia
catastral:
2749009UP8024N0001US».
3. Mediante la escritura ahora presentada y referenciada en los antecedentes de
hecho, habiéndose rectificado la configuración y datos catastrales de la citada finca, para
adecuarla a la realidad física, a los efectos de concordar dicha realidad física y catastral
con la registral, se vuelve a rectificar la descripción de la finca, que ahora se describe
como: «Urbana en Prellezo, Ayuntamiento de Val de San Vicente.–Parcela de terreno en
(…), que tiene una superficie de noventa y seis metros y veinte decímetros cuadrados.
Dentro de su perímetro existe construida una edificación destinada a vivienda unifamiliar,
de planta baja y planta primera, con una superficie construida y computable de setenta y
nueve metros y ochenta y cuatro decímetros cuadrados (79,84 m2), y útil de cincuenta y
ocho metros y treinta y cinco decímetros cuadrados (58,35 m2), con los siguientes usos y
superficies: a) La planta baja tiene una superficie construida de cuarenta y dos metros y
dos decímetros cuadrados (42,02 m2), y útil de treinta y un metros y cincuenta y seis
decímetros cuadrados (31,56 m2), distribuidos en salón comedor-cocina, previo, baño y
escalera. b) La planta primera tiene una superficie construida de treinta y siete metros y
ochenta y dos decímetros cuadrados (37,82 m2), y útil de veintiséis metros y setenta y
nueve decímetros cuadrados (26,79 m2), destinada a distribuidor, dormitorio y trastero.
La construcción ocupa sobre el suelo una superficie de cuarenta y dos metros y dos
decímetros cuadrados (42,02 m2). Suelo y vuelo constituyen una sola entidad registral
que linda: Norte, camino público; Sur, A. C. I. (referencia catastral:
2749008UP8024N0001ZS) y A. L. S. (referencia catastral: 2749012UP8024N0001US);
Este, A. B. S. (referencia catastral 24901UP8024N0001SS) y A. L. S. (referencia
catastral: 2749012UP8024N0001US); Oeste, por donde tiene su entrada, camino público
y A. C. I. (referencia catastral: 2749008UP8024N0001ZS)». En la escritura se incorpora
georreferenciación alternativa, coherente con la nueva descripción de la finca en el título.
4. Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad, el registrador tramita
el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, que culmina con una calificación
negativa, al haberse presentado alegaciones por tres de los colindantes, dos titulares
registrales y catastrales de dos parcelas colindantes y el tercero en representación de la
Administración titular del dominio público, de las que deriva que existe un problema en la
delimitación de la propiedad contenida en la representación gráfica georreferenciada
alternativa presentada al invadir o solapar el dominio público y las propiedades de los
colindantes.
5. El recurrente se opone a la nota de calificación fundamentalmente «porque no se
aprecian dudas de identidad sobre la representación gráfica cuya inscripción se solicita,
relativas a que la representación gráfica de la finca coincida en todo o parte con otra

cve: BOE-A-2024-5575
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Núm. 70