III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-5590)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica la aprobación del Pliego de condiciones particulares para la prestación del servicio comercial de avituallamiento de agua a buques en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Valencia.
29 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 32824

calibración, los aljibes y otros artefactos flotantes utilizados, deberán estar despachados
por la Capitanía Marítima o Distrito Marítimo correspondiente y en lo que atañe a los
vehículos además de la relación de los mismos, se acompañará la acreditación de
disponer de los seguros de circulación vigentes y con cobertura dentro del recinto
portuario.
En lo relativo a los medios humanos la descripción requerida lo será del personal
implicado en la operativa y desarrollo de la actividad objeto de autorización figurando
en ella:





Nombre y apellidos.
Documento nacional de identidad (DNI) o documento que legalmente le sustituya.
En el supuesto de ciudadanos extranjeros, documento equivalente al DNI.
Relación nominal de trabajadores presentada el último mes a la Seguridad Social.

12. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones derivadas de
la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales y, especialmente en
materia de coordinación de actividades empresariales (artículo 24 de la Ley 31/1995,
de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y Real Decreto 171/2004,
de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales o normativa que les
sustituyan). Dicha declaración incluirá pronunciamiento expreso de que el solicitante es
conocedor de la Normativa de Seguridad Laboral de la Autoridad Portuaria de València
(publicada en la página web de la Autoridad Portuaria de València) y su compromiso de
informar sobre la misma tanto a su personal como a empresas y terceras personas que
sean contratadas por el prestador del servicio a autorizar y que accedan a la zona de
servicio del puerto o puertos para los que se presente la solicitud.
13. Declaración responsable de disponer de los restantes permisos, autorizaciones
y licencias legalmente exigibles para el ejercicio de la actividad con compromiso de
mantenerlos a lo largo del periodo de vigencia de la autorización.
14. Certificado expedido por la compañía aseguradora acreditativo de la
constitución del seguro de responsabilidad civil a que se refiere la condición vigésima.
Dicho certificado podrá presentarse en el momento de la solicitud u obtenida la
autorización con carácter previo al inicio de la actividad en el plazo previsto al efecto.
15. En el supuesto de solicitantes extranjeros, declaración de someterse a la
jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las
incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir de la Autorización
concedida, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera
corresponderle.
16. Indicación del Puerto o puertos para los que solicita autorización así como el
plazo.
17. Documento acreditativo de la constitución de la garantía a que se refiere la
condición 23. Dicho documento podrá presentarse en el momento de la solicitud u
obtenida la autorización con carácter previo al inicio de la actividad en el plazo previsto al
efecto.
Forma de presentar la documentación:

La aportación de documentos requeridos se realizará de conformidad con el
artículo 28 de la LPAC.
La obligación de aportar la documentación requerida podrá verse excepcionada en el
caso de documentos elaborados por otra Administración, en el supuesto de que el
solicitante no se oponga a que por la Autoridad Portuaria de València sea recabada la
misma.
Asimismo, la totalidad de documentos requeridos se presentarán en lengua oficial de
la Comunidad Valenciana, en caso de tratarse de documentos en otra lengua deberá
aportarse asimismo traducción jurada de los mismos.

cve: BOE-A-2024-5590
Verificable en https://www.boe.es

c.2)