III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Documentación administrativa. (BOE-A-2024-5585)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se aprueban las normas de conservación y se autoriza la destrucción de series documentales conservadas en el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
18 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
N.º dictamen y
código de
propuesta CSCDA

Miércoles 20 de marzo de 2024

Serie documental (años extremos)/Productor

Sec. III. Pág. 32660

Dictamen CSCDA

Plazo de
aplicación
(Años)

20/2017
GTSC/5/2017-3
Modificado por
53/2021
GTSC/9/2021-4

Eliminación total.
Conservación permanente de la documentación anterior a 1940.
Expedientes económicos de gasto. Gastos corrientes en bienes y servicios: Eliminación total:
Material de oficina (220*) (1940-) // AGE: Unidades de Gestión Económica – A los 5 años.
(puede afectar a otras Unidades que intervienen en la gestión de almacén – A los 2 años (alegaciones ID 18 meses + plazo precaución): ejemplares de las cuentas de Unidades periféricas/en el Exterior (cuyos originales
son enviados a Unidades centrales para archivo y fiscalización).
y distribución de material de oficina, como Oficialías y otras).
Muestra: 1 expediente por año.
Acceso: Libre.

2-5

21/2017
GTSC/5/2017-4
Modificado por
54/2021
GTSC/9/2021-5

Eliminación total.
Conservación permanente de la documentación anterior a 1940.
Expedientes económicos de gasto. Gastos corrientes en bienes y servicios: Eliminación total:
Tributos (225*) (1940-) // AGE: Unidades de Gestión Económica (puede
– A los 5 años.
afectar a otras Unidades de gestión patrimonial que intervienen en el pago – A los 2 años (alegaciones ID 18 meses + plazo precaución): ejemplares de las cuentas de Unidades periféricas /en el Exterior (cuyos
originales son enviados a Unidades centrales para archivo y fiscalización).
de tributos como el Impuesto de Bienes Inmuebles).
Muestra: 1 expediente por año.
Acceso: Parcialmente restringido.

2-5

22/2017
GTSC/5/2017-5

Expedientes de responsabilidad patrimonial (1954-) // AGE: Unidades
genéricas responsables en material de reclamaciones de responsabilidad
patrimonial de los departamentos y organismos públicos (Área de
responsabilidad, División de Responsabilidad Patrimonial o equivalente),
que normalmente dependen de la SGT/ Unidades cuyas actuaciones son
objeto de reclamación de responsabilidad / Unidades de apoyo jurídico
(Abogacías del Estado, etc.).

Eliminación parcial.
A.–En las Unidades genéricas responsables en materia de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de los departamentos (Área de
responsabilidad, División de Responsabilidad Patrimonial o equivalente), que normalmente dependen de la SGT:
Conservación permanente los expedientes de responsabilidad patrimonial relativos a:
– Los expedientes que evidencian actuaciones de depuración política o social y represión ideológica (L.52/2007, de 26 de diciembre, arts. 1.2 y
22.3).
– Daños producidos por delincuencia organizada o como resultado de acciones terroristas o contraterroristas.
– Daños a la salud pública con repercusión epidemiológica en grandes colectivos; daños a la seguridad e integridad física de las personas con
grandes colectivos afectados.
– Grandes catástrofes o daños que afecten a bienes o espacios protegidos, violencia de género; acoso laboral.
– Expedientes derivados de la aplicación de normas con rango de Ley declarada inconstitucional o de normas declaradas contrarias al Derecho
de la Unión Europea.
Los expedientes relativos a daños físicos o psíquicos se eliminarán a los 100 años, conservando la resolución.
En el resto de los casos, se conservará la resolución y se eliminará el resto de la documentación contenida en el expediente a los 15 años,
conservando un expediente completo por año.
Si el expediente económico del gasto se encontrara incluido dentro del expediente de responsabilidad patrimonial, a esta parte del expediente le
será de aplicación el dictamen sobre Expedientes económicos de gasto Gastos corrientes en bienes y servicios: Gastos diversos; jurídicos,
contenciosos.
B.–En las unidades cuyas actuaciones son objeto de reclamación, se eliminarán a los 6 años.
C.–En las unidades de apoyo jurídico, se eliminarán a los 6 años.
Acceso: Parcialmente restringido.

6-15
cve: BOE-A-2024-5585
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 70