I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-5482)
Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 32404

profesional, así como la regulación de las condiciones específicas para impartir ofertas
de formación profesional de todos los grados del sistema en los centros privados.
h) La elaboración y coordinación de las acciones y normativa para el desarrollo del
Marco Español de Cualificaciones.
i) El establecimiento de acuerdos y colaboraciones público-privadas con los
sectores productivos e interdepartamentales, incluyendo un mapa de necesidades
formativas del mercado laboral.
j) La ordenación de los procedimientos para evaluación y acreditación de
competencias básicas y profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías
no formales e informales de formación, la elaboración de los instrumentos de apoyo a los
mismos, y el registro de personas acreditadas, así como su desarrollo para los ámbitos
previstos en la normativa reguladora.
k) Las relaciones de coordinación, colaboración y cooperación territorial con las
comunidades autónomas, corporaciones locales y otras administraciones públicas, en
materia de formación profesional y aprendizaje a lo largo de la vida.
l) La coordinación de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de
una oferta de formación profesional dual en los centros de trabajo, y la promoción de
organismos intermedios.
m) El diseño y desarrollo de actuaciones que promuevan el aprendizaje técnico
profesional a lo largo de la vida, a través de la formación profesional.
n) El diseño de la estrategia general de orientación profesional del sistema, en
colaboración con las comunidades autónomas.
ñ) La gestión y mantenimiento de los registros y catálogos del Sistema de
Formación Profesional, así como el Informe Formativo-profesional de carácter personal.
o) La elaboración del Informe del estado del Sistema de Formación Profesional
previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional, y la elaboración y ejecución de planes para la mejora de la
calidad, la evaluación y promoción de la formación profesional, así como medidas que
promuevan en este ámbito las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad
universal.
p) La promoción de la innovación empresarial ofreciendo apoyo para la creación de
agrupaciones empresariales tecnológicas o viveros de empresas emergentes vinculados
con centros de formación, que impulsen y participen en el desarrollo de las acciones del
Sistema de Formación Profesional en el ámbito de las propias empresas y agrupaciones
empresariales.
q) La articulación de un sistema de seguimiento y evaluación de la formación
profesional dual y aspectos parciales del sistema.
r) El desarrollo de actuaciones para la promoción y desarrollo del sistema de
orientación profesional del Sistema de Formación Profesional y el mantenimiento de
portales, plataformas y redes sociales para facilitar el intercambio de información,
experiencias y recursos en el ámbito de la orientación y la formación profesional, esto
último en coordinación con la Subsecretaría.
s) La colaboración en el diseño de los programas internacionales de formación
profesional y aprendizaje a lo largo de la vida, bien a través del Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE), o mediante acuerdos bilaterales de
colaboración, que permitan el desarrollo de dobles titulaciones internacionales previstas
en la normativa.
t) El impulso en el ámbito internacional de acuerdos, proyectos y participación en
organismos y competiciones de la formación profesional, en coordinación con el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
u) La autorización, control, seguimiento y evaluación de los centros autorizados
para impartir ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional español en el
extranjero.

cve: BOE-A-2024-5482
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Núm. 70