I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-5482)
Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 32403

2. Dependen de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa los
siguientes órganos con nivel orgánico de Subdirección General:
a) La Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa,
que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos a), b), c) y d)
del apartado 1.
b) La Unidad de Acción Educativa Exterior, que ejercerá las funciones atribuidas a
la Dirección General en los párrafos e), f), g), h) e i) del apartado 1.
c) La Subdirección General de Centros y Programas que ejercerá las funciones
atribuidas a la Dirección General en los párrafos j), k), l), m), n), ñ) y o) del apartado 1.
d) La Subdirección General de la Inspección de Educación que ejercerá las
competencias atribuidas a la Dirección General en los apartados p), q) y r) del
apartado 1.
Artículo 5.

Secretaría General de Formación Profesional.

a) La observación de la evolución de las competencias profesionales en su
integración práctica en el Sistema de Formación Profesional, y la elaboración y
mantenimiento actualizado del Catálogo Nacional de Estándares de competencias
profesionales, así como la elaboración y propuesta de las normas vinculadas a nuevos
estándares de competencias profesionales.
b) El establecimiento de los instrumentos que permitan la constante adecuación de
la oferta formativa a las demandas de cualificación del entorno productivo y social para
su integración práctica en el Sistema de Formación Profesional.
c) La ordenación y desarrollo reglamentario del Sistema de la Formación
Profesional, tanto dentro del sistema educativo como para la población activa, ocupados
y desempleados, que incluye el establecimiento de los títulos, certificados y
acreditaciones del Sistema de Formación Profesional en sus grados A, B, C, D y E, así
como los aspectos básicos de currículo, y la revisión y actualización permanente de
dichos currículos, en colaboración con el sector productivo implicado.
d) El desarrollo de los diseños curriculares de formación profesional en el ámbito
propio de gestión del Ministerio, así como la definición de los módulos básicos de
espacios, instalaciones y equipamiento precisos para cada oferta formativa para dicho
ámbito, en colaboración con la Secretaría de Estado de Educación, la Subsecretaría y el
Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.
e) El establecimiento de las directrices para la expedición de títulos, certificados y
acreditaciones oficiales españoles de formación profesional, así como el registro general
de todas las titulaciones, certificados y acreditaciones del Sistema de Formación
Profesional.
f) La aprobación de equivalencias de escalas de calificaciones de títulos y estudios
extranjeros de formación profesional, la homologación y convalidación de estudios
extranjeros en el ámbito de la formación profesional, y la resolución de convalidaciones y
equivalencias de estudios españoles con la formación profesional del sistema educativo
español.
g) La determinación de programas y condiciones necesarias para el ingreso y
acceso a los cuerpos de la función pública docente de las enseñanzas de formación

cve: BOE-A-2024-5482
Verificable en https://www.boe.es

1. A la Secretaría General de Formación Profesional, con rango de Subsecretaría,
le corresponde la dirección de las competencias atribuidas al Departamento respecto del
Sistema de Formación Profesional, tanto el integrado en el sistema educativo, como la
formación profesional de la población activa, desempleados y ocupados. Ejercerá,
respecto de los órganos dependientes de ella, las atribuciones previstas en el artículo 64
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Asimismo,
le corresponden las siguientes funciones: