I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-5482)
Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 32407

de personal respecto del profesorado de enseñanzas distintas de las universitarias, y la
elaboración de las bases del régimen jurídico de la función pública docente de los niveles
educativos no universitarios, así como la asistencia al titular del Departamento en la
elaboración y aprobación de los planes de actuación del Departamento.
3. En particular, la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes
ejercerá las siguientes funciones:
a) El estudio e informe económico de los actos y disposiciones con repercusión
económico-financiera en los presupuestos de gastos e ingresos.
b) La determinación de la estructura de los programas y subprogramas en que se
concreta la actividad del Departamento, la elaboración y tramitación del anteproyecto
anual de presupuesto, el seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y la
tramitación de sus modificaciones.
c) El seguimiento del grado de realización de objetivos respecto a los programas y
actuaciones anuales que se determinen en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado.
d) El análisis y coordinación de cuantos recursos financieros tiene asignados el
Departamento, así como la coordinación y seguimiento de la aplicación de los fondos
europeos o de carácter internacional destinados a programas o proyectos del
Departamento, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otras unidades.
e) El régimen interior de los servicios centrales del Departamento y la conservación,
reparación y reforma, intendencia, funcionamiento y seguridad de los edificios en los que
dichos servicios tengan su sede; la formación y la actualización del inventario de los
bienes muebles de aquellos, así como el equipamiento de las unidades administrativas
del Departamento, sin perjuicio, en su caso, de la colaboración con el O.A. Gerencia de
Infraestructuras y Equipamientos de Cultura en los términos que se establezcan.
f) La elaboración de la política de personal adscrito al Departamento y, en especial,
su planificación y gestión, mediante la previsión de necesidades; la propuesta de oferta
de empleo público, selección y provisión; la propuesta de modificación de las relaciones
de puestos de trabajo; la previsión y seguimiento del gasto de personal, así como todos
aquellos aspectos derivados de la aplicación de la normativa al respecto, la habilitación
de personal y las retribuciones y nóminas.
g) El desarrollo de la política de personal docente y la elaboración de las bases del
régimen jurídico de la función pública docente, en el ámbito de las enseñanzas distintas
de las universitarias, en coordinación con la Secretaría de Estado de Educación y con la
Secretaría General de Formación Profesional.
h) La gestión del personal docente del Departamento y de los procedimientos de
movilidad del profesorado de enseñanzas distintas de las universitarias en el ámbito
nacional, de forma coordinada con las restantes administraciones educativas, y de
acuerdo con la Secretaría de Estado de Educación y con la Secretaría General de
Formación Profesional.
i) La formación del personal, a excepción del docente, la gestión de la acción social
y la prevención de riesgos laborales.
j) La relación con las organizaciones sindicales y otras asociaciones profesionales
representativas.
k) La planificación estratégica, el impulso, la racionalización, y la coordinación de la
transformación digital y la política en materia de tecnologías de la información y
comunicaciones (TIC) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de
acuerdo con las directrices de Transformación Digital adoptadas por la Administración
General del Estado, así como la coordinación y cooperación con otras administraciones y
órganos del Estado en estas materias.
l) La conformación de la voluntad del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes para la adquisición de bienes y servicios en el ámbito de las
tecnologías de la información y las telecomunicaciones de todos los órganos del
Ministerio, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 806/2014, de 19 de
septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la

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