III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5252)
Resolución 420/38073/2024, de 11 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, y la realización de acciones en áreas de interés común.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 31199

b) Facilitará la organización en su sede, por parte del Ministerio de Defensa, de
conferencias, exposiciones u otros actos de naturaleza análoga para la difusión y
promoción de la cultura de Defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las
Fuerzas Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
c) Hará constar la colaboración del Ministerio de Defensa en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
d) Gestionará las convocatorias de las prácticas externas curriculares objeto del
presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los
principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
e) Facilitará la organización conjunta de conferencias, seminarios, talleres, jornadas
divulgativas, u otras actividades similares, relacionadas con las materias objeto de las
prácticas.
f) Proporcionará a los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio la
correspondiente cobertura de seguridad social, según la reglamentación vigente, sin
perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran
derivarse de las prácticas.
g) Proporcionará la guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
EMAD que desempeñe las funciones de tutor, facilitando el acceso, en su caso, a la
correspondiente plataforma telemática de gestión.
h) Comunicará al EMAD la identidad de los estudiantes del Grado/Máster que
llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de los correspondientes tutores
académicos.
i) Señalará, previa coordinación con el EMAD, las fechas de inicio y finalización de
las prácticas.
j) Trasladará a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores académicos, en relación con el desarrollo de las
actividades objeto del presente convenio.
k) Reconocerá la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.
Condiciones de ejecución de las prácticas.

a) La suscripción del presente convenio por parte del EMAD no supone la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo y, en ningún caso, se
derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual, de conformidad con
la normativa vigente. Por tanto, las prácticas quedan expresamente excluidas de la
legislación laboral.
b) Dentro del ámbito de este convenio, la titularidad de los resultados derivados de
los proyectos de investigación y desarrollo que sean realizados conjuntamente
corresponderá de igual modo a las partes firmantes del convenio.
c) Las prácticas objeto de este convenio, que tendrán un carácter exclusivamente
académico, no consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o
reglamentos a personal funcionario o contratado por la Administración General del
Estado y no constituirán ni mérito ni derecho para el acceso a la función pública, ni serán
computadas a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
d) Las actividades contempladas en el proyecto formativo estarán directamente
vinculadas con las competencias a desarrollar.
e) Las prácticas tendrán una duración conforme a los créditos asignados en el
proyecto formativo de que se trate, según el horario establecido.
f) Durante el período de duración de las prácticas, los estudiantes estarán sometidos
a las condiciones estipuladas en este convenio y al régimen de funcionamiento del EMAD,
especialmente en lo relativo al cumplimiento del horario de las actividades formativas.
g) Los estudiantes cumplirán rigurosamente la normativa vigente sobre protección
de materias clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar, así como la
referida a la protección de datos de carácter personal.

cve: BOE-A-2024-5252
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.