III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5252)
Resolución 420/38073/2024, de 11 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, y la realización de acciones en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 31198

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Las partes suscriben este convenio con el objeto de establecer la colaboración entre
el Estado Mayor de la Defensa (EMAD) y la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).
Con esta colaboración se podrán, por una parte, realizar prácticas externas
curriculares de estudiantes de la UAM en el Estado Mayor de la Defensa, con las que se
complete la formación de los estudiantes matriculados en los distintos Grados/Máster
impartidos por dicha universidad y, por otra, realizar por parte de la citada universidad
conferencias, exposiciones u otros actos de naturaleza análoga para la difusión y
promoción de la cultura de Defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las
Fuerzas Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
Segunda.

Por parte del Estado Mayor de la Defensa:

a) Acogerá a estudiantes de los distintos Grados/Máster impartidos por la UAM, en
número a determinar anualmente por mutuo acuerdo entre las partes, facilitándoles la
realización de prácticas externas curriculares en el EMAD, de acuerdo con las
condiciones establecidas en este convenio.
b) En coordinación con la UAM, definirá en cada caso el perfil requerido del
estudiante que acogerá en prácticas, así como los objetivos, las tareas generales y
actividades específicas a realizar por el mismo durante dichas prácticas, aspectos que se
detallarán en el correspondiente proyecto formativo.
c) Comunicará el alta del estudiante, la fecha de comienzo y finalización de las
prácticas, así como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de las mismas,
designando en cada caso un responsable que actuará como tutor del estudiante, y que
coordinará la ejecución con el tutor académico designado por la universidad.
d) Comunicará a la dirección del Grado/Máster que corresponda cualquier baja que
se produzca.
e) A la finalización de las prácticas, expedirá un certificado en el que se reconozca
al estudiante el tiempo de prácticas realizado y su contenido básico.
f) Trasladará a la UAM cuantas incidencias y vicisitudes se observen por los tutores
designados por el EMAD, en relación con el desarrollo de las actividades objeto del
presente convenio.
g) Proporcionará al estudiante información relativa a la normativa de seguridad
y prevención de riesgos laborales.
h) Facilitará el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
i) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
j) Hará constar la colaboración de la universidad en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
k) El EMAD podrá vetar o revocar la participación de algún estudiante designado o
incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole debidamente
justificada.
2.

Por parte de la Universidad Autónoma de Madrid:

a) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.

cve: BOE-A-2024-5252
Verificable en https://www.boe.es

1.

Aportaciones de las partes.