III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-5262)
Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

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de pago y la autorización de los correspondientes documentos contables, se delegan en
los siguientes órganos dentro de su respectivo ámbito de actuación:
a) Por importe inferior a 12.000.000 de euros, en la persona titular de la
Subsecretaría.
b) Por importe inferior a 12.000.000 de euros respecto de los créditos recogidos en
su propio servicio presupuestario, en la persona titular de la Secretaría General de
Consumo y Juego.
c) Por importe inferior a 12.000.000 de euros y superior a 4.000.000 de euros
respecto de los créditos recogidos en los servicios presupuestarios de sus direcciones
generales dependientes, en la persona titular de la Secretaría General de Consumo y
Juego.
d) Por importe igual o inferior a 4.000.000 de euros, en las personas titulares de las
direcciones generales dependientes de la Secretaría General de Consumo y Juego.
e) Por importe inferior a 12.000.000 de euros respecto de los créditos recogidos en
su propio servicio presupuestario, en la persona titular de la Dirección General de
Agenda 2030.
Noveno.

Delegación de competencias en materia de gestión patrimonial.

1. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría el ejercicio de todas las
competencias que la legislación aplicable atribuye a la persona titular del departamento
en relación con la gestión patrimonial, sin perjuicio de las delegadas en otros órganos.
2. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Oficialía Mayor el
ejercicio de las competencias atribuidas a la persona titular del Ministerio por la
legislación patrimonial en relación con:
a) La enajenación, cesión, destrucción, inutilización o abandono, según proceda, de
bienes muebles obsoletos, perecederos o deteriorados por el uso.
b) Las autorizaciones sobre bienes afectados o adscritos al departamento
otorgadas al amparo de lo dispuesto en el artículo 90.3 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de la Administraciones Públicas, de duración igual o inferior a
tres días.
Décimo.

Delegación de competencias en materia de publicaciones.

Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica el ejercicio de la
competencia de aprobación, revisión y modificación del programa editorial del
departamento, así como la aprobación de los precios de venta al público de las
publicaciones del Ministerio (Unidad editora, Secretaría General Técnica), incluidas en el
mismo.
Undécimo. Delegación de competencias en materia de recursos, otros procedimientos
de revisión, procedimiento sancionador y responsabilidad patrimonial.

a) La declaración de lesividad de los actos anulables.
b) La resolución de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial en que
haya emitido dictamen preceptivo el Consejo de Estado.
c) La resolución de las solicitudes formuladas al amparo del derecho de petición.
2. Se delega en la persona titular de la Secretaría General de Consumo y Juego la
resolución de los expedientes sancionadores relativos a infracciones calificadas como
muy graves a que se refiere el artículo 42.3 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo.

cve: BOE-A-2024-5262
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1. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría el ejercicio de las siguientes
competencias, salvo las delegadas en otro órgano: