III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5210)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la integración del ferrocarril en Vitoria-Gasteiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de marzo de 2024

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La Confederación Hidrográfica del Ebro identifica las masas de agua superficiales
que pueden verse afectadas: ES091MSPF243 (Río Zadorra desde la Presa de UllivarriGamboa hasta el río Alegría (inicio del tramo modificado de Vitoria, e incluye tramo final
río Sta. Engracia)); ES091MSPF244 (Río Alegría desde su nacimiento hasta su
desembocadura en el río Zadorra (incluye ríos Mayor, Santo Tomás, Egileta, Errekelaor,
Cerio, Arganzubi y Errekabarri)); ES091MSPF247 (Río Zadorra desde el río Alegría
(inicio del tramo canalizado de Vitoria) hasta el río Zayas); ES091MSPF1025
(Encharcamientos de Salburua y Balsa de Arkaute) y ES091MSPF1045
(Encharcamientos de Salburua y Balsa de Betoño).
La Confederación Hidrográfica del Ebro realiza un análisis de los distintos cauces
afectados y las obras de drenaje propuestas y concluye que, para el T02, las obras
afectan al régimen de corrientes, aumentando las superficies inundadas o los calados
previstos en el entorno de los ríos Alegría y Santo Tomás y los arroyos Gastúa y San
Lorenzo. Concretamente para el río Santo Tomás, señala que el pontón previsto se
considera insuficiente en la sección propuesta (8x2.5m). Señala que parte del trazado
discurre por la zona afectada por avenidas de periodo de retorno de 100 y 500 años, y
algunos tramos en el entorno del humedal de Salburua por avenidas de 10 años, según
los mapas de peligrosidad y riesgo de la demarcación hidrográfica del Ebro. Concluye el
citado organismo que debe evitarse que el trazado definitivo de la plataforma afecte a
terrenos altamente inundables.
En relación con la protección del Dominio Público Hidráulico (en adelante DPH) y del
régimen de corrientes, la Confederación Hidrográfica del Ebro considera más
recomendable la alternativa oeste del T02, por la menor longitud de los terraplenes y
menor efecto barrera. A este respecto, las actuaciones propuestas se consideran
adecuadas en el T01 pero no así en el T02. Concluye que el proyecto constructivo
deberá analizar y recoger una serie de criterios de diseño y conservación para obras de
protección, modificaciones en los cauces y obras de paso, además de unos criterios
técnicos que deberán respetarse. Respecto a la ejecución de terraplenes, se deberá
analizar el efecto de los mismos en la llanura de inundación, diseñándolos de manera
que sean lo suficientemente permeables al flujo de corrientes. Por todo ello, la
Confederación Hidrográfica del Ebro indica que el proyecto constructivo deberá volver a
ser informado por la misma.
El promotor manifiesta que, en fases posteriores de desarrollo del proyecto
constructivo, se tendrán en cuenta los criterios de diseño y conservación para obras de
protección, modificaciones de cauce y obras de paso del Real Decreto 638/2016, de 9 de
diciembre, los condicionantes técnicos indicados y se someterán dichos proyectos a
análisis e informe por parte del organismo de cuenca. Respecto al cauce del río Santo
Tomás, explica que el pontón construido no tiene suficiente capacidad durante grandes
avenidas y anega algunos edificios aislados subiendo la lámina de aguas hasta las
proximidades del centro urbano, pero parece que los riachuelos recogen el agua
desbordada y lo devuelven al río sin afectar gran número de viviendas. Indica que,
durante el desarrollo de los proyectos constructivos será posible disponer de obras de
drenaje adicionales de acuerdo con los criterios que se establezcan.
La Agencia Vasca del Agua realiza una serie de consideraciones centradas en el
importante riesgo de inundabilidad en la zona de confluencia de los ríos Santo Tomás,
San Lorenzo, Cerio y Alegría, donde se producen grandes extensiones inundadas. El
promotor indica que, en fases posteriores, se definirán las soluciones constructivas con
las premisas del estudio informativo.
Adicionalmente, el promotor ha realizado un estudio de inundabilidad con un modelo
de simulación, a partir de los modelos de la situación actual facilitados por la Agencia
Vasca del Agua para el T02. Los resultados muestran un nivel de riesgo que se
considera medio o bajo según los criterios establecidos por el promotor (respecto a la
probabilidad de inundación y la severidad en las manchas Q10, Q100 y Q500,
respectivamente). Asimismo, respecto a la comprobación del comportamiento de los
cauces existentes con las nuevas infraestructuras, según el promotor los modelos

cve: BOE-A-2024-5210
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Núm. 66