III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5047)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Worldwide Flight Service, SA, Servicios Aeroportuarios de Carga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 30262

Vestuario almacén (Carga)

Anorak desmontable.

1 ud.

2 años.

Polar ajustable.

2 uds.

1 año.

Camiseta MC o ML.

6 uds.

1 año.

Pantalón Largo/Corto

4 uds.

1 año.

Forro interior pantalón.

1 ud.

1 año.

Chubasquero

1 ud.

1 año.

Pantalón de agua

1 ud.

1 año.

Zapato seguridad.

1 ud.

1 año.

Gorra

1 ud.

1 año.

Gorro

1 ud.

1 año.

Cuello invierno

1 ud.

1 año.

EPIS Almacén (carga).

Chaleco seguridad.

1 ud.

1 año.

Guante piel.

1 ud.

1 año.

Guante anticorte.

1 ud.

1 año.

Otros artículos comunes a ambos uniformes son la cinta/cordón de identificación y la
chapa identificativa. En casos especiales temporales, como son el embarazo o motivos
médicos, se podrán llevar prendas distintas a las habituales. En estos casos, se
informará y solicitará permiso a los superiores o jefe del departamento correspondiente.
Los equipos de protección individual (EPIs) son parte del uniforme y deben llevarse
siempre y en todo momento que se encuentre en un área designada por indicación de la
dirección y de acuerdo con la política de seguridad e higiene en el trabajo. Es
responsabilidad del empleado el correcto uso y mantenimiento de los EPIs. Cualquier
daño o pérdida debe ser comunicada inmediatamente al superior quien gestionara la
sustitución o reposición.
Todos los EPIs cumplirán con la regulación en seguridad definida por la compañía,
autoridades locales e internacionales. Los EPIs válidos serán solo aquellos
proporcionados por la compañía.
Chaleco de seguridad/alta visibilidad: deben llevarse siempre sobre el uniforme
cuando se acceda a la plataforma, en áreas restringidas o asignadas conforme
establezcan las normas locales.
Guantes de trabajo: Se utilizarán guantes siempre que se manejen equipajes o carga.
Calzado de seguridad: Debe utilizarse siempre en la plataforma, almacén o áreas de
equipaje y en todas las áreas de riesgo designadas.
Protectores de oídos: Deben llevarse siempre que se trabaje en áreas de riesgo
designadas.
Respecto a la entrega del uniforme, esta se hará en la escala o en la estación. El
departamento de RRHH comunicara a cada departamento las fechas para realizar las
entregas.
Es responsabilidad de la empresa entregar la correspondiente uniformidad y EPIs a
los trabajadores en función de su puesto de trabajo en el momento de iniciar su actividad
con la empresa y en las posteriores renovaciones.

cve: BOE-A-2024-5047
Verificable en https://www.boe.es

Los equipos de protección individual se entregarán al principio una unidad y después
a demanda.