III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5051)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hertz de España, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

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en los diferentes grupos profesionales en base a los siguientes parámetros de tiempo de
permanencia:
De 0 meses a 18 meses - grupo profesional CSR entrada.
De 19 meses a 42 meses - grupo profesional CSR.
De 43 meses a 66 meses - grupo profesional Of. Adm. 3.ª
De 67 meses en adelante - grupo profesional Of. Adm. 2.ª
9.8 El personal en prácticas que haya sido contratado durante la vigencia del
anterior convenio colectivo (de 2019 a 2021) tendrá un salario del 80 % y del 95 % de las
tablas salariales recogidas en el artículo 9, el primero y el segundo año de contratación
respectivamente.
9.9 Quienes hayan sido contratados/as bajo la fórmula de contrato para la
formación durante la vigencia del anterior convenio colectivo (de 2019 a 2021), tendrán
un salario de 90 %, y 100 % de las tablas a que se acaba de hacer referencia en el
párrafo anterior, el primer y segundo año de contratación respectivamente.
II.
1.

Complementos

Complementos personales

Artículo 10. Antigüedad.
Se acuerda la supresión del concepto de antigüedad con las siguientes excepciones:
1. Aquellas personas trabajadoras que presten servicios en la empresa con
anterioridad a la firma del convenio colectivo 2012-2014, percibirán en concepto de
antigüedad un importe, sobre el salario base que resulte aplicable, a razón de dos
bienios del 5 % cada uno y tres quinquenios del 10 % cada uno.
2. Aquellas personas trabajadoras que tuvieran devengado un importe superior al
establecido en el apartado primero del presente artículo, verán congelada su antigüedad
en el importe que percibieran en el momento de la firma del convenio colectivo
(2012-2014).
Artículo 11. Plus progresivo de CSR.
El plus progresivo se abonará únicamente al nivel de CSR, iniciándose el devengo,
tras la finalización de los tres primeros años de prestación de servicios en la empresa,
siendo el primer devengo tras el sexto año de prestación de servicios. A partir del 1 de
enero de 2022, se establece su pago en un importe fijo de 33,12 euros mensuales por
trienio.
A partir del 1 de enero de 2023 la cantidad a percibir mensualmente será de 34,12
euros por trienio, a partir del 1 de enero de 2024 la cantidad a percibir mensualmente
será de 35,14 euros por trienio, y a partir del 1 de enero de 2025 la cantidad a percibir
mensualmente será de 36,20 euros por trienio.

Se pagarán 40,39 euros en 2022, 41,60 euros en 2023, 42,85 euros en 2024 y 44,14
euros en 2025, en concepto de idiomas con independencia del número de lenguas que
se hablen. Será necesario el dominio del idioma inglés para el pago de este plus.

cve: BOE-A-2024-5051
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 12. Plus de idiomas.