III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5051)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hertz de España, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 30366

Se considerarán constitutivas de acoso moral, las siguientes conductas:
– Las críticas continuas exageradas o injustas.
– La atribución sistemática de tareas diferentes, superiores o inferiores a las
competencias de la persona trabajadora.
– La impartición sistemática de órdenes contradictorias o imposibles de cumplir.
– El aislamiento y rechazo o prohibición de la comunicación con la jerarquía o los
compañeros/as.
– Los atentados contra la dignidad personal (comentarios frecuentes desfavorables o
insultantes sobre la vida personal, la apariencia o la ideología de la víctima).
– La violencia verbal, gestual o física.
Cualquier persona que se vea afectado por cualquiera de estos dos supuestos, podrá
dirigirse de forma totalmente confidencial y voluntaria, bien a la dirección de correo
electrónico hr_spain@hertz.com, o bien a través de la cuenta de correo electrónico del
comité
intercentros
donde
se
podrá
recibir
asesoramiento
legal:
intercentroshertz@gmail.com.
La denuncia comportará el inicio inmediato de un expediente informativo por parte de
la empresa, especialmente encaminado a averiguar los hechos e impedir la continuidad
del acoso denunciado, por lo que se articularán las medidas oportunas.
Se comunicará inmediatamente a la representación de las personas trabajadoras la
situación planteada, si lo solicita la persona afectada.
Cualquiera de las dos partes que integran la comisión paritaria podrán convocarla
para tratar en la misma cualquier denuncia presentada con el fin de solventar el
problema dentro de la propia comisión paritaria y tratarlo con el respeto y la máxima
discreción y confidencialidad dentro del mismo.
Dentro de las actuaciones a realizar, se deberá dar audiencia a todos los intervinientes,
practicándose todas las diligencias que conduzcan a la elucidación de los hechos. Durante
este proceso, todos los actuantes guardarán una absoluta confidencialidad y reserva, por
afectar directamente a la intimidad y honorabilidad de las personas.
Artículo 55.

Cuestiones comunes.

Con la firma del convenio colectivo (2019-2021), ambas partes pactaron
expresamente que quedaban derogados todos los acuerdos anteriores a excepción de:
cualquiera de los acuerdos alcanzados como consecuencia de la negociación del
anterior convenio colectivo (2016-2017-2018), el Acuerdo de Firefly de fecha 5 de mayo
de 2010, del que única y exclusivamente se deroga el punto que hace referencia a la
compra de flota, todos los Acuerdos alcanzados en el SIMA, así como el Acuerdo de
acumulación del crédito horario para la realización de funciones y cometidos de carácter
estrictamente sindical y representativo del Presidente del comité intercentros de fecha 7
de octubre de 2015.
ANEXO I
Disposición adicional primera

1.

Introducción

Hertz de España no es ajena a la situación de crisis que se está viviendo a nivel
mundial.
De hecho la caída de la demanda y la escasa rentabilidad y márgenes de las
operaciones de la empresa, llegaron a provocar en 2012 una situación de pérdidas en su
cuenta de resultados que ha preocupado tanto a la dirección de la empresa como a los

cve: BOE-A-2024-5051
Verificable en https://www.boe.es

Convenio colectivo de Hertz de España, SL