III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5050)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Globalia Handling, SAU.
36 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 30303

cuestiones de discrepancia ante la Comisión Paritaria, la que resolverá, o en su defecto,
si no resuelve en el plazo de un mes, abrirá la posibilidad de adoptar cuantas medidas o
reclamaciones se estimen oportunas. En cualquier caso, ante la posibilidad de que la
resolución en dicho plazo pueda dar lugar a la prescripción de una reclamación judicial o
administrativa, la duración del mencionado plazo de un mes se ajustará de forma que
permita un ejercicio efectivo de tal reclamación.
La Comisión dispondrá de la documentación e información necesarias para realizar
un seguimiento e interpretación efectiva del convenio.
Esta Comisión será independiente de cualquier otra que se pueda crear en el futuro
basada en este convenio.
Contrato de trabajo
5. Contratación.
La contratación se hará de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de los
Trabajadores, y cualquier otra norma legal que sea de aplicación.
6.

Preaviso por dimisión del trabajador.

El preaviso por dimisión del trabajador será de quince días naturales para el personal
de los Grupos Laboral III y IV, de treinta días naturales para el personal del Grupo laboral
II y de cuarenta y cinco días naturales para el personal del Grupo Laboral I. Dicho
preaviso podrá reducirse previo acuerdo entre ambas partes.
El incumplimiento por parte del trabajador de la citada obligación de preavisar dará
derecho a la empresa a una indemnización equivalente al salario de un día por cada día
de retraso en el aviso. Esta indemnización podrá la empresa deducirla de la liquidación
salarial a practicar en su caso.
Una vez obre en poder de la empresa el preaviso de cese, ésta podrá optar a que
durante el mismo pase el trabajador a disfrutar las vacaciones u otros descansos que
pudieran estar pendientes de compensación.
Una vez comunicado el preaviso de cese, la empresa podrá optar a la finalización de
la relación laboral en cualquier momento, debiendo en este supuesto abonar en
concepto de indemnización los salarios correspondientes al período de preaviso
pendiente.
En los nuevos contratos deberá aparecer esta cláusula y para los antiguos cuyo
preaviso sea superior se entenderá, con la aprobación del presente convenio, que se
ajusta a lo acordado en este punto.
Grupos profesionales: Clasificación, requisitos, especialidades
Clasificación profesional y promoción en el trabajo
Criterios generales
Sistema de clasificación profesional.

Los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del presente convenio se
clasifican por grupos profesionales.
Se entiende por grupo profesional el que agrupa unitariamente las aptitudes
profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, dentro de cada área
operativa.
Los criterios de definición de los grupos profesionales se han acomodado a reglas
comunes para las personas trabajadoras de uno y otro sexo, teniendo por objeto
garantizar la ausencia de discriminación directa o indirecta entre mujeres y hombres.

cve: BOE-A-2024-5050
Verificable en https://www.boe.es

7.