II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. (BOE-A-2024-4907)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Miércoles 13 de marzo de 2024

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3. Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
apellido que comience por la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de
julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública.
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declara aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración general del Estado. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», y en los lugares previstos en la base específica 10, se indicará la
relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al
público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el
lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
demás ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en la base
específica 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar
su máxima divulgación.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
3.4 El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización
del proceso selectivo.
3.5 Las fechas de celebración de los ejercicios podrán coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
4.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión del título universitario
de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o
Arquitecto Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber pagado las tasas para la
expedición del título).
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera los requisitos exigidos.

cve: BOE-A-2024-4907
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5.