II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. (BOE-A-2024-4907)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 29758

Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Al personal funcionario aspirante, por el sistema de promoción interna, se le
valorarán como méritos los siguientes conceptos:
a) Los servicios prestados como personal funcionario de carrera, o con carácter
interino o temporal, en cuerpos o escalas del subgrupo C1 desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 3 puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 18: 2 puntos.
Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 15: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de meteorología,
climatología y tecnologías y sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en
los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
Dada la relevancia y transversalidad de la formación en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, se otorgará, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en
esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI
de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición, por el sistema de promoción interna,
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y
en la de oposición.
Superarán el concurso-oposición aquellas personas aspirantes que hubieren
superado todos los ejercicios y cuenten con las mejores calificaciones finales, hasta
completar el número total de plazas convocadas.
Terminado el concurso-posición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de las
personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, en orden decreciente
según la puntuación global obtenida por cada persona aspirante, sin que, en ningún
caso, pueda figurar en dicha relación un número de personas candidatas superior al total
de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1. Mayor antigüedad por servicios prestados y reconocidos.
2. Mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio.

cve: BOE-A-2024-4907
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 64