I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-4865)
Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29626

g) La planificación y gestión de sistemas de vigilancia, comunicación y alerta a las
instituciones de los maremotos que puedan afectar a las costas españolas, así como la
participación en redes internacionales de alerta de tsunami y la realización de trabajos y
estudios en el campo de los sistemas de alerta temprana y de la peligrosidad por
maremotos.
h) La actuación como Centro Nacional de Datos de la Comisión Preparatoria de la
Organización del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (OTPCE) y
gestión de la estación sísmica primaria PS40 del Sistema Internacional de Vigilancia de
la OTPCE.
i) La planificación y gestión de los sistemas de vigilancia, comunicación y alerta a
las instituciones de la actividad volcánica y determinación de los peligros asociados en
territorio español y en el entorno de bases antárticas españolas, así como la realización
de trabajos y estudios en el campo de la volcanología y de la alerta temprana de
procesos eruptivos.
j) La planificación y gestión de redes de observación del campo magnético terrestre
y su contribución a las redes internacionales de observación global, así como la
observación y seguimiento de las perturbaciones geomagnéticas originadas por la
actividad solar y sus efectos en territorio nacional, la elaboración de cartografía
geomagnética y la realización de trabajos y estudios sobre geomagnetismo.
k) La dirección y el desarrollo de planes nacionales de observación y digitalización
del territorio con aplicación cartográfica, creación de contexto geoespacial BIM, así como
el aprovechamiento propio y para otras aplicaciones de interés de las administraciones
públicas de sistemas aeroespaciales de fotogrametría y teledetección, y la producción,
actualización y explotación de imágenes digitales, nubes de puntos altimétricos y
modelos digitales de elevaciones.
l) La producción, actualización y explotación de las bases de datos de los aspectos
topográficos de la Información Geográfica de Referencia considerada en el anexo I de la
Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información
geográfica en España, sobre los datos de alto valor de las redes e infraestructuras
digitales del transporte, los elementos hidrográficos, la localización geográfica y
delimitación geométrica de las entidades de población y la descripción espacial y
temática de la ocupación del suelo, así como la inclusión de modelos BIM en las bases
digitales de geoinformación nacionales.
m) La programación del Plan Cartográfico Nacional y la producción, actualización y
explotación de bases topográficas y cartográficas de ámbito nacional para su integración
en sistemas de información geográfica, y para la formación del Mapa Topográfico
Nacional y demás cartografía básica y derivada. Asimismo, la producción y actualización
del Atlas Nacional de España, la prestación de asistencia técnica en materia de
cartografía a organismos públicos, así como la dirección y gestión de los laboratorios y
talleres cartográficos.
n) La producción y actualización de la cartografía temática de apoyo a los
programas de actuación específica de la Administración General del Estado.
ñ) El soporte técnico y operativo del Sistema Cartográfico Nacional, en especial del
Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional mediante la gestión del Registro
Central de Cartografía, la formación y actualización del Nomenclátor Geográfico Nacional
a partir de la toponimia oficial, y el informe pericial sobre líneas límite jurisdiccionales
municipales.
o) La gestión de los fondos históricos, cartográficos y documentales, de los fondos
bibliográficos, de la colección de instrumentos y del resto del patrimonio histórico del
Instituto Geográfico Nacional, promoviendo su conocimiento en la sociedad.
p) Tanto para su propio ámbito como para el relativo al Centro Nacional de Información
Geográfica (CNIG), la definición del marco estratégico conjunto y la coordinación funcional de
los servicios centrales y periféricos y de los proyectos nacionales e internacionales.
q) La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y
tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo, así como la gestión de

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