I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-4865)
Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29625

z) La coordinación de la participación del Ministerio y de los organismos y entidades
adscritos al mismo en congresos, ferias y exposiciones, en caso de participación
institucional conjunta en un mismo foro.
2. La Dirección General de Organización e Inspección se estructura en los
siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Oficialía Mayor, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas
en el apartado 1.a), b), c) y d).
b) La Subdirección General de Recursos Humanos, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.e), f), g) y h).
c) La Subdirección General de Administración y Gestión Financiera, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.i) y j).
d) La Subdirección General de Inspección de los Servicios y Atención a la
Ciudadanía, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el
apartado 1.k), l), m), n), ñ) y o).
e) La Subdirección General de Tecnologías de la Información y Administración
Digital, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.p),
q), r) y s).
f) La Subdirección General de Control de Calidad e Inspección Técnica, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.t).
3. La persona titular de la Subdirección General de Administración y Gestión
Financiera preside la Junta de Contratación del Ministerio.
Artículo 16. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
1. La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional ejerce las siguientes
funciones:
a) La planificación y explotación científica de la instrumentación e infraestructuras
astronómicas propias, incluyendo la realización de trabajos de investigación orientada a
radioastronomía, así como el suministro de información oficial en materia de astronomía
y la conservación del patrimonio del Real Observatorio de Madrid.
b) El desarrollo tecnológico y la gestión operativa de la instrumentación e
infraestructuras propias para radioastronomía, geodesia espacial y geodinámica,
especialmente para el funcionamiento del Observatorio de Yebes como instalación
científico técnica singular.
c) La operación y el desarrollo de la Red Atlántica de Estaciones Geodinámicas y
Espaciales (RAEGE) como estaciones geodésicas fundamentales del Sistema de
Observación Geodésico Global (GGOS) para la monitorización de los parámetros
geodinámicos de la Tierra y la contribución al marco de referencia terrestre para un
desarrollo sostenible.
d) La planificación y gestión de las redes geodésicas y gravimétrica de ámbito
nacional, de la red de nivelación de alta precisión y de la red de mareógrafos que
conforman el marco y Sistema de Referencia Geodésico español, la explotación y
análisis de observaciones geodésicas y geodinámicas, el desarrollo de aplicaciones
sobre sistemas de navegación, posicionamiento y movilidad sostenible, así como la
realización de trabajos y estudios relacionados.
e) La coordinación de la elaboración, desarrollo y seguimiento del Plan Nacional de
vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos.
f) La planificación y gestión de sistemas de vigilancia, comunicación y alerta a las
instituciones de los movimientos sísmicos ocurridos en territorio nacional, así como la
participación en redes sismológicas internacionales, la realización de trabajos y estudios
sobre sismicidad, la actualización del mapa de nacional de peligrosidad sísmica y la
preparación de informes sobre normativa de construcción sismorresistente.

cve: BOE-A-2024-4865
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Núm. 64