I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Red Transeuropea de transporte. (BOE-A-2024-4862)
Real Decreto 249/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la transposición de la Directiva (UE) 2021/1187 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 sobre la racionalización de las medidas para avanzar en la realización de la red transeuropea de transporte (RTE-T).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29582

Este real decreto se dicta en cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la
integración de España en la Unión Europea.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias 13.ª, 18.ª, 20.ª, 21.ª
y 24.ª que el artículo 149.1 de la Constitución Española atribuye en exclusiva al
Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad
económica; procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades
derivadas de la organización propia de las comunidades autónomas; legislación
básica sobre contratos y concesiones administrativas; puertos de interés general;
aeropuertos de interés general; ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran
por el territorio de más de una comunidad autónoma; régimen general de
comunicaciones; y obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más
de una comunidad autónoma.
En la tramitación de este real decreto se ha realizado una consulta pública previa y el
proyecto normativo ha sido sometido al trámite de información y audiencia pública, y se
ha consultado a las comunidades autónomas y entidades locales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, con la
aprobación previa de la titular del entonces Ministerio de Hacienda y Función Pública, de
acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 12 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. Este real decreto tiene por objeto establecer medidas para la agilización de los
procedimientos de concesión de autorizaciones y de contratación pública transfronteriza
para los proyectos de la Red Transeuropea de Transporte que entran dentro de su
ámbito de aplicación, con el fin de avanzar en la realización de la citada red.
2. Este real decreto se aplicará a los procedimientos de concesión de autorizaciones
necesarios para permitir la ejecución de:
a) Proyectos que formen parte de las secciones predeterminadas de la red básica
que son los siguientes:
1.º Enlaces transfronterizos ferroviarios.
i.

Corredor Atlántico:

Évora-Mérida;
Vitoria-Gasteiz-Donostia/San Sebastián-Bayona;
Aveiro-Salamanca.
ii.

Corredor Mediterráneo:

Barcelona-Perpiñán.

b) Proyectos de interoperabilidad para la adaptación a ancho estándar en las líneas
ferroviarias de la red básica de la RTE-T en España.
c) Otros proyectos de la red básica, determinados de conformidad con el
Reglamento (UE) núm. 1315/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
diciembre de 2013, sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red
Transeuropea de Transporte, y por el que se deroga la Decisión núm. 661/2010/UE, con
un presupuesto base de licitación superior a 300 000 000 euros.

cve: BOE-A-2024-4862
Verificable en https://www.boe.es

2.º Enlaces ferroviarios pendientes: Almería-Murcia.