I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cooperación y solidaridad. (BOE-A-2024-4866)
Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29642

titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. El desarrollo de los principios
democráticos profundiza, a su vez, en la exigibilidad de los derechos, la transparencia de
la acción pública y el establecimiento de mecanismos de rendición de cuentas.
b) El enfoque feminista, que pone en el centro la sostenibilidad de las vidas y
cuestiona de manera profunda los modelos económicos, políticos y culturales
imperantes. Con este enfoque, por un lado, se complementa la estrategia dual –
transversalidad de la perspectiva de género y empoderamiento de las mujeres– con el
análisis interseccional de las vivencias de las mujeres; y, por otro, se prioriza el
protagonismo y agencia de las mujeres y de las organizaciones feministas para lograr
sociedades pacíficas, inclusivas y sostenibles.
c) El enfoque local-global, que asume la existencia de retos globales comunes en
los distintos territorios del planeta y que profundiza en la comprensión de las
interdependencias del sistema y de las causas estructurales que generan desigualdad.
Este enfoque potencia la conexión de los procesos locales entre sí y de su articulación
con procesos y estrategias globales a fin de promover transformaciones multinivel.
d) El enfoque ecosocial, que reconoce los límites biofísicos del planeta y la
interdependencia entre los desequilibrios sociales y ambientales. Este enfoque visibiliza
el colapso de los ecosistemas provocado por el crecimiento económico desmedido y sus
impactos desiguales en las poblaciones. Se apuesta por avanzar en una transición
ecosocial que no comprometa la sostenibilidad de las vidas presentes y futuras y
promueva acciones concretas en materias como la eficiencia energética, la movilidad
sostenible, la defensa de la biodiversidad o la gestión sostenible del territorio.
e) El enfoque de base territorial, que demanda la movilización de recursos y
capacidades públicos y sociales que concurren en un mismo territorio, con el fin de
abordar el desarrollo humano y la sostenibilidad desde una perspectiva integral y
multidimensional. Tomar como punto de partida las necesidades, intereses y aspiraciones
de las poblaciones mejora la eficacia y calidad de las políticas públicas a la vez que
refuerza la participación y gobernabilidad democrática de los territorios. Con este enfoque
se persigue ampliar el poder local por medio de la concertación y articulación de distintos
agentes, del fortalecimiento de las capacidades y empoderamiento de los agentes sociales
e institucionales y del impulso de alianzas multinivel.
f) El enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo sostenible, que subraya
la necesidad de adoptar una perspectiva integral de la política pública para aprovechar
las complementariedades y reducir los conflictos y abordar los desafíos actuales y
cercanos, el compromiso con las futuras generaciones y el planeta, así como el impacto
de las acciones propias en otras sociedades. Este enfoque implica que cada
administración debe analizar sus responsabilidades y los impactos del conjunto de sus
políticas en términos de desarrollo y sostenibilidad, justicia y convivencia global, y actuar
consecuentemente.
CAPÍTULO II
Organización institucional de la política pública vasca de cooperación
y solidaridad
Artículo 7. El sector público vasco como agente de cooperación y solidaridad.
Las administraciones y entidades que conforman el sector público vasco, en uso de
sus potestades de autoorganización y con plena autonomía, llevarán a cabo atribuciones
en materia de cooperación y solidaridad, tales como:
a) Promover la mayor movilización posible de recursos solidarios de Euskadi para
alcanzar los objetivos de la presente ley.
b) Promover la interlocución, la participación, la colaboración y el apoyo a los
restantes agentes de cooperación y solidaridad, así como la conformación de alianzas
entre ellos.

cve: BOE-A-2024-4866
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Núm. 64