III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-4837)
Resolución 420/38069/2024, de 5 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad de Jaén, para la realización de prácticas académicas externas, trabajos fin de grado o fin de máster, estancias de doctorado y otras actividades formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia, establece una bonificación del cien por cien
de las cuotas de la Seguridad Social en caso de que realice prácticas curriculares
remuneradas (disposición adicional vigesimoquinta).
7.2 La participación del INTA en el programa de prácticas no supone la adquisición
de más compromisos que los estipulados en el presente convenio. Dado el carácter
formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
7.3 Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios se incorporase a la
plantilla del INTA, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni
eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo aplicable
estuviera expresamente estipulado algo distinto.
7.4 En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
8.

Derechos y obligaciones del estudiantado.

Durante la realización de las estancias formativas, serán de aplicación los derechos y
obligaciones que establece el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que
regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como los
establecidos en la Normativa de Prácticas Académicas Externas de la UJA, aprobada en
Consejo de Gobierno en sesión de 7 de abril de 2017, modificada por Consejo de
Gobierno de 28 de julio de 2021.
9.

Código ético.

Las prácticas se atendrán al código ético de la UJA aprobado por Consejo de
Gobierno n.º 43, de 18 de febrero de 2019.
10.

Medidas de salvaguardia de la seguridad y condiciones de acceso.

El personal participante de la UJA que acceda a las instalaciones del INTA con
motivo del desarrollo de las actividades previstas en este convenio, no podrá introducir,
ni exhibir en dichos recintos, símbolos, distintivos, lemas impresos, etc. que, por su
contenido, o por las circunstancias en las que se muestren o usen, puedan menoscabar
el principio de neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad. En caso de
incumplimiento de esta condición de acceso y permanencia, corresponderá al INTA
comunicar ese incumplimiento a la UJA y, en consecuencia, esta última será la
responsable de interrumpir las prácticas al alumno que ha infringido las normas.
Tercera.

Obligaciones de la UJA.

1. Proporcionar profesores para la participación en actividades formativas
conjuntas.
2. Tener en cuenta las capacidades del INTA en todas aquellas actuaciones en las
que el citado Instituto pueda participar activamente, tanto en aporte de material, personal
o conocimientos. Esta colaboración deberá ser concretada caso por caso.
3. Participar conjuntamente en la elaboración de publicaciones, preparación de
ponencias, seminarios cursos, simposios, y cualquier otro tipo de actividad formativa.
4. Cumplimentar el anexo I a este convenio para cada estudiante en prácticas
donde se consigne la siguiente información: datos personales, titulación, tipo de práctica
(curricular o extracurricular), o TFG/TFM, fecha de incorporación y finalización, entidad
donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre las

cve: BOE-A-2024-4837
Verificable en https://www.boe.es

En aplicación del presente convenio la UJA se compromete a: