I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Menores. (BOE-A-2024-4784)
Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29037

mediación familiar no será viable si existe una situación de riesgo o violencia hacia la
persona menor, y deberán adoptarse medidas efectivas e inmediatas que garanticen la
salud y seguridad de la persona menor de edad.
3. Con el fin de promover el recurso a la mediación familiar, el Gobierno Vasco, en
el ejercicio de sus competencias de provisión de dichos servicios, desarrollará las
siguientes actuaciones:
a) Promoción, difusión, publicidad e información de la mediación familiar.
b) Adopción de medidas para facilitar el acceso a los programas de terapia familiar
prescritos en el marco de los procesos de mediación familiar, llevados a cabo por el
servicio público de mediación familiar extrajudicial.
Artículo 134.

Actuaciones de prevención de la violencia en el ámbito escolar.

1. Todos los centros educativos desarrollarán actuaciones orientadas a la
prevención de la violencia escolar, y, en particular, las siguientes:

2. La Administración educativa contará con la colaboración de los servicios
sociales, tanto municipales como territoriales, para la preparación y la impartición de los
contenidos de los planes de formación y capacitación citados en las letras e) y f) del
apartado anterior cuando estén relacionados con la prevención, la detección y la
actuación en situaciones de maltrato, abuso, acoso, explotación, trata o desprotección.
En todo caso, los planes de formación y capacitación incluirán un tratamiento
preventivo que incorpore las dimensiones de género y de edad.

cve: BOE-A-2024-4784
Verificable en https://www.boe.es

a) Elaborarán un plan de convivencia que establezca la programación de
actividades dirigidas al personal del centro, el alumnado y la comunidad educativa en su
conjunto para la adquisición de habilidades para la resolución pacífica de conflictos.
Asimismo, este plan deberá incluir los códigos de conducta consensuados entre los
equipos docentes, las representantes y los representantes legales de los alumnos y las
alumnas o, en su caso, las personas acogedoras o guardadoras y el alumnado ante
situaciones de acoso escolar o ante cualquier otra situación que afecte a la convivencia
en el centro educativo, con independencia de si estas se producen en el propio centro
educativo o si se producen o continúan fuera de aquel, o tienen lugar a través de las
tecnologías de la relación, la información y la comunicación.
b) Impulsarán la adopción y el seguimiento de medidas educativas que fomenten el
reconocimiento y la protección de los derechos de las personas menores.
c) Fomentarán el respeto al alumnado con discapacidad o cualquier otra
circunstancia que determine su situación de especial vulnerabilidad.
d) Fomentarán la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de
conflictos.
e) Promoverán planes de formación sobre prevención de la violencia y sobre
detección y protección de las personas menores en tales situaciones, así como
actividades dirigidas a promover la cultura del buen trato, dirigidos al personal que
trabaja en los centros, priorizando a quienes ejercen labores de tutoría, así como a las
representantes y los representantes legales y las personas acogedoras o guardadoras,
en coordinación con las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas.
f) Promoverán planes de capacitación del alumnado, priorizando la adquisición por
este de habilidades y herramientas que le permitan detectar y responder a situaciones de
violencia, así como hacer frente a los procesos en los que prime el aprendizaje de
modelos de conductas violentas o de conductas delictivas que conducen a la violencia
en cualquier ámbito en el que se manifiesten, así como para el tratamiento y asistencia
de aquellas en los casos en que esta llegue a producirse.
g) Informarán al personal del centro sobre el protocolo en materia de prevención y
protección de cualquier forma de violencia, y lo formarán para su correcta aplicación.