III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4771)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Anteproyecto de las actuaciones de ampliación y mejora de la EDAR Matalascañas. Depuración del entorno de Doñana, término municipal de Almonte (Huelva)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

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una cartografía que recoja gráficamente, tanto para la parte terrestre como la marina, las
posibles afecciones relativas a molestias por ruidos, fragmentación de hábitat y
atropellos por paso de maquinaria, la superficie de hábitat faunístico afectada, alterada,
perdida o fragmentada con relación al área presente en la zona de actuación y su
entorno, para las unidades poblacionales de cada taxón amenazado y el análisis de la
posible entrada de especies alóctonas o de Especies Exóticas Invasoras, sobre todo si
se detecta presencia previa.
Asimismo, señala que la pluma de vertido puede afectar a especies marinas
relevantes como la tortuga boba (Caretta caretta) o la tortuga verde (Chelonia mydas).
Esta potencial afección es importante tenerla en cuenta en la planificación de
actuaciones para la separación y gestión de aguas pluviales y residuales, el manejo de
reboses en aliviaderos, averías y otras situaciones sobrevenidas y es extrapolable a
otras especies y hábitats. El documento ambiental no incluye información sobre la
depuración que se realizará en la nueva EDAR de componentes que puedan afectar a
estas especies, como microplásticos y otros compuestos, como recoge la Estrategia para
la conservación de la tortuga común (Caretta caretta) y otras especies de tortugas
marinas en España.
La Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Junta de Andalucía informa que la
supervivencia de los recursos marisqueros y pesqueros, así como la propia actividad
pesquera, depende en buena medida de la calidad de las aguas y de los fondos, de
modo que cualquier alteración de los mismos puede conllevar un efecto negativo y no
deseado sobre la flora y fauna, por lo que indica la necesidad de adoptar medidas de
prevención y corrección que eviten afecciones sobre los recursos, en particular las
ocasionadas por la dispersión del efluente, como evitar que durante la fase de ejecución
y de funcionamiento, se produzcan indeseables vertidos accidentales así como evitar
afectaciones al medio en los meses de mayo-junio para proteger a las especies de
bivalvos (chirla y coquina) presentes en las zonas de producción cercanas al proyecto.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
el documento ambiental no abarca toda la información disponible sobre la flora
potencialmente afectada por el proyecto. No se aporta información exacta sobre la
distancia a la que se encuentran ni las posibles afecciones del proyecto sobre la
arboleda singular Palmitos de El Acebuche o el árbol singular Madroño de El Acebuche.
Las especies citadas por el documento ambiental son Armeria velutina, incluida en el
anexo II Ley 42/2007 y Listado de especies silvestres en régimen de protección especial
del Real Decreto 139/2011 y Linaria tursica, En Peligro en el Catálogo Regional y
prioritaria en el anexo II de la Ley 42/2007. La ausencia de afección sobre esta última,
citada en dunas secundarias, debe ser corroborada por expertos ya que es una especie
prioritaria. Asimismo, la conducción atraviesa una zona de presencia de Juniperus
oxycedrus subsp. macrocarpa, (Vulnerable en el Catálogo Regional), Centaurea exarata
(Vulnerable en Libro Rojo de Andalucía), Corema album (En Régimen de Protección
Especial en el Catálogo Regional), Euphorbia boetica, en matorrales secos y claros
(Vulnerable en el Libro Rojo de Andalucía de 2005) y Echium gaditanum (Vulnerable en
Libro Rojo de Andalucía 2013). El documento ambiental no incluye la adecuada
valoración de estas y otras especies de flora de interés.
Tanto el Instituto español de Oceanografía como la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO indican que el documento ambiental no
presenta un inventario ni un análisis de la potencial afección del proyecto sobre los
hábitats marinos situados próximos a la zona de la actuación. Tampoco detalla las obras
de conexión con el emisario submarino y, únicamente se presenta una descripción
parcial de los aliviaderos y de los mecanismos de control en accidentes o situaciones
sobrevenidas.

cve: BOE-A-2024-4771
Verificable en https://www.boe.es

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