III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4769)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) del pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28798

El EsIA tampoco prevé ningún efecto sobre la calidad del agua derivado de la gestión
de los fluidos agotados. De acuerdo con el PGIRAR, los excedentes recuperados de
fluidos de control de pozo serán gestionados mediante su traslado a tierra o siguiendo
los requisitos de la normativa internacional de aplicación. Además, como ya se
contemplaba en el EsIA inicial, el fluido utilizado para las labores de limpieza de la
tubería y umbilical de control (agua de mar) y el fluido de corte abrasivo de la cabeza de
pozo (agua de mar con arenas) serán inyectado/depositado, según el caso, en el interior
del pozo. El residuo de cemento (lechada de cemento y agua de limpieza de la unidad de
cementación y tuberías) generado en operaciones rutinarias, se almacenará
temporalmente hasta su traslado a las instalaciones logísticas en tierra para entrega a
gestor autorizado. Si bien, como ya había adelantado el promotor a la Dirección General
de la Costa y el Mar del MITECO en junio de 2023, se plantea como necesaria la
descarga del residuo de cemento al mar en operaciones contingentes por motivos
principalmente de seguridad de las operaciones.
El cambio en la gestión de los fluidos utilizados en la intervención del pozo, en
concreto la de los fluidos de control de pozo durante la primera campaña y los utilizados
durante la remediación de cemento, para la que el EsIA inicial contemplaba su descarga
al mar, previo tratamiento, y cumpliendo con los requisitos del contenido en
hidrocarburos/mezclas oleosas del Convenio MARPOL, obedece, según el promotor, a la
urgencia en ejecutar el abandono. Así, ante las objeciones de la Dirección General de la
Costa y el Mar del MITECO y, teniendo en cuenta los resultados en la tramitación
ambiental del proyecto de abandono de pozos del activo Casablanca, el promotor
propone la misma gestión para los efluentes agua de control de pozo y para el residuo
de cemento, y así se recoge en la versión final del EsIA.
En cuanto a la descarga al mar del residuo cemento en operaciones contingentes, se
estima un volumen total de unos 84 m3 de efluente, que consistirá en una lechada (21
m3) diluida en el agua de mar necesaria para desplazar cualquier resto de cemento de
las tuberías y unidad de cementación en el menor tiempo posible, y evitar un fraguado no
deseado del cemento desechado. Se recalca que esta descarga contingente es una
situación que se producirá únicamente en caso de emergencia operativa durante las
labores de cementación. No obstante, el EsIA evalúa sus efectos sin considerar su
probabilidad de ocurrencia. Así, se analiza la posible alteración de la calidad del agua
marina por contaminación química y por incremento de turbidez, que podría ocasionar la
descarga del residuo de cemento. El EsIA concluye que no tendrá efectos significativos
porque todos los componentes de la mezcla de cemento (cemento y aditivos) estarán
incluidos en la lista PLONOR y/o pertenecerán a las categorías de menor riesgo
medioambiental del programa de notificación del OCNS teniendo en cuenta, además, el
volumen máximo de estos componentes, aproximadamente 10 m3. Tampoco habrá
efecto significativo por incremento de turbidez, ya que dada la densidad del efluente
(1,5-1,6 kg/l), no se prevé que la descarga se disperse mucho antes de asentarse en el
lecho marino, siendo el tiempo máximo de sedimentación previsto de 3,5 horas.
(4)

(4)
Sistema que gestiona el uso y descarga de la industria del gas y petróleo en el Reino Unido y los
Países Bajos. Esquema de notificación de productos químicos en alta mar (OCNS, por sus siglas en inglés).

En cualquier caso, el EsIA incluye una serie de medidas preventivas, correctoras y
de control entre las que destacan la comprobación de la composición química de los
componentes de la mezcla de cemento de acuerdo con la lista PLONOR y con el sistema
de clasificación OCNS, garantizando que pertenecerán a las categorías de menor riesgo;
la notificación con antelación a las administraciones competentes (Dirección General de
la Marina Mercante del MITMA, Subdirección General de Protección del Mar y
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina, estas dos últimas del
MITECO) si fuera necesario sustituir algún componente de la mezcla por otra sustancia
química que no cumplan con los requisitos establecidos; la limpieza inmediata de la
cubierta en caso de derrame o lixiviado procedente de fluidos agotados y la
comunicación de cualquier descarga contingente al mar de residuo de cemento a las

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Núm. 62