III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4769)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) del pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28796

Certificado Internacional de Prevención de la Contaminación Atmosférica (IAPP)MARPOL, el empleo de un combustible con una concentración de azufre igual o inferior
al 0,5 % en masa y optimizar las operaciones logísticas para reducir viajes.
En relación con la mitigación del cambio climático, la Oficina Española de Cambio
Climático del MITECO recomienda tomar las medidas necesarias para controlar, evitar y,
en su caso, medir las posibles fugas de metano, en coherencia con la Propuesta de
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la reducción de las
emisiones de metano en el sector energético y por el que se modifica el Reglamento
(UE) 2019/942, especialmente en lo relativo a las emisiones de metano en los sectores
del petróleo y el gas y las obligaciones de los explotadores con respecto a la medición y
notificación de los datos sobre las emisiones de metano y la reducción de las mismas.
El promotor cuestiona los controles anuales de emisiones de metano al ambiente
para pozos inactivos, en pozos abandonados definitivamente, ya que su integridad se
asegura mediante la instalación de barreras que se extienden a lo largo de toda la
sección transversal del pozo, sin que sea posible ningún fluido o flujo a través del mismo,
y que no haya comunicación de ninguna formación permeable con el lecho marino o la
atmósfera. Entiende que la Propuesta de Reglamento se aplicará a emisiones de metano
a la atmósfera, ya que las descargas al mar están cubiertas por otros marcos legales y/o
convenios internacionales.
Por otra parte, el citado organismo recomienda que el proyecto sea coherente con
las recomendaciones incluidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, a lo
que el promotor indica que está alineado con las mismas.
En relación con la adaptación al cambio climático, la citada Oficina insta a incluir un
análisis de la vulnerabilidad del proyecto respecto al cambio climático del que se deriven
las medidas oportunas. El EsIA aborda la vulnerabilidad del proyecto ante temporales
marítimos y tormentas. Considerando que las actividades se realizarán en los próximos
dos años, no se precisa la incorporación de un análisis específico del impacto del cambio
climático a medio plazo, puesto que tanto los datos con los que se ha caracterizado el
oleaje de la zona, periodo 2000-2020; como el estudio de referencia para analizar la
frecuencia anual de tormentas en Bilbao, periodo 2007-2016, suponen respectivamente
una ventana temporal lo suficientemente amplia para reflejar efectos derivados del
cambio climático.
b.2

Fondo marino/sedimento.

b.3

Agua.

El EsIA identifica como efecto significativo la alteración de la calidad del agua
derivada del incremento de turbidez durante el anclaje/desanclaje de la MODU y durante
la retirada de la cabeza del pozo, así como la derivada de la posible eutrofización y/o
introducción de contaminantes por la descarga al mar de aguas residuales y otros
efluentes. En cuanto al riesgo de resuspensión de contaminantes presentes en el
sedimento, los resultados del Estudio de Línea de Base Marino (ELBM), muestran que

cve: BOE-A-2024-4769
Verificable en https://www.boe.es

El anclaje/desanclaje de la MODU y la retirada de la cabeza de pozo, pueden
suponer la alteración puntual y temporal del sedimento del fondo marino, aunque
recuperable de forma natural. El EsIA indica que las operaciones de anclaje, con ayuda
de los 3 remolcadores, están diseñadas de forma que se reduce el arrastre de las anclas
sobre el fondo marino, que el despliegue de las anclas dura poco tiempo, entre dos y tres
días, y que el efecto será muy localizado, limitándose según bibliografía, a un área
máxima de unos 13.000 m2, para 8-12 anclas. Se valora el impacto como compatible, y
similar al producido por la pesca de arrastre en el fondo marino. El EsIA considera que la
afección derivada de la retirada de la cabeza del pozo será menor, al estar limitada tanto
en el espacio (entorno inmediato de la cabeza de pozo) como en el tiempo (2,5 días).
Para asegurar que no queden desechos, tras finalizar el abandono se procederá a
inspeccionar mediante ROV o similar el entorno inmediato del pozo.