III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4769)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) del pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

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desplazamientos del helicóptero, como colisión o molestias por ruido; debido a la
frecuencia de viajes entre el aeropuerto de Bilbao y el área del proyecto (2 por semana)
que, teniendo en cuenta la corta duración de las campañas, supone un número muy
limitado de viajes (3, 13 y 1 viaje); a que los desplazamientos se realizarán en horario
diurno, excepto en caso de emergencia, evitando la afección sobre las aves marinas
activas durante la noche; a que se realizarán a una altura de vuelo mínima de 500 m,
que según la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO se
trata de altitudes superiores a las utilizadas por las aves pelágicas; y a que las rutas de
vuelo no cruzan ningún área de las denominadas Zonas con fauna sensible. El EsIA
incluye otras medidas como la optimización de las operaciones logísticas y el diseño de
planes de vuelo minimizando las afecciones a la fauna. Además, señala que el
aeropuerto de Bilbao cuenta con el primer radar aviar de España, que permite detectar
los movimientos de aves, principalmente en sus migraciones estacionales.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO indica que
el plan de ruta para el helicóptero debe mantener distancias prudentes con las zonas de
nidificación de aves marinas y traslada otras condiciones, como la comprobación previa
al despegue de la ausencia en el campo visual del piloto de ejemplares de fauna que
puedan verse afectados, en especial de aves marinas, y la prohibición de realizar el
vuelo si se detectan individuos de especies de aves protegidas a menos de 100 m del
punto de despegue.
El promotor precisa que el servicio de apoyo logístico con helicóptero se realizará
mediante empresas especializadas que operan en el aeropuerto de Bilbao y que los
protocolos de vuelo del helicóptero en el aeropuerto seguirán las directrices de seguridad
establecidas; a lo que la subdirección muestra su conformidad. Se desarrolla la medida
respecto al plan de ruta, quedando recogida en el condicionado de la resolución.
Adicionalmente, el citado organismo instaba a evitar atravesar con la embarcación
las balsas de aves en la lámina de agua, cuestión que recoge el «Protocolo de
Observación y Actuación en caso de Avistamiento de mamíferos marinos y otra fauna
marina» (en adelante, Protocolo de observación y actuación fauna) incluido en el
expediente.
Cetáceos y tortugas marinas.

El EsIA, identifica veinticuatro especies de cetáceos en el ámbito de estudio, de las
cuales ocho son comunes: cachalote (Physeter macrocephalus), calderón común
(Globicephala melas), calderón gris (Grampus griseus), delfín mular (Tursiops truncatus),
delfín común (Delphinus delphis), delfín listado (Stenella coeruleoalba), rorcual común
(Balaenoptera physalus) y marsopa (Phocoena phocoena). De las cuatro especies de
tortugas marinas potencialmente presentes, la tortuga boba (Caretta caretta) y la tortuga
laúd (Dermochelys coriacea) son comunes, aunque poco abundantes. Estas especies
están incluidas en el LESRPE. Además, el cachalote, el delfín mular y el rorcual común
están catalogados como «vulnerable» en el CEEA, y la marsopa «en peligro de
extinción». La tortuga boba está catalogada como «vulnerable» en el CEEA e incluida
como prioritaria en el anexo II de la Directiva Hábitats.
El EsIA identifica como efectos significativos sobre estos grupos: los trastornos
temporales y/o permanentes producidos por el ruido submarino generado, la
modificación del comportamiento por la presencia de las unidades de intervención y los
desplazamientos de la embarcación de apoyo, y la desorientación de tortugas marinas
debido a las emisiones luminosas de la unidad de intervención.
Respecto al ruido, durante la mayor parte del programa de abandono (99 % del
tiempo) el ruido producido por las unidades de intervención y sus embarcaciones de
apoyo será similar al producido por cualquier embarcación estándar, pudiendo provocar
reacciones de evitación o molestias sobre la fauna marina. El mayor impacto acústico del
proyecto estará asociado a la retirada de cabeza de pozo en la última campaña, durante
la que se pueden alcanzar diferentes niveles de presión sonora en función de la técnica
que se utilice; 189 dB (RMS) re1μPa a 1 m (banda ancha) en caso de realizar corte

cve: BOE-A-2024-4769
Verificable en https://www.boe.es

b.6