III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-4650)
Resolución 420/38068/2024, de 4 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio por alumnos de la universidad, y para la realización de estudios de postgrado de personal del Ejército del Aire y del Espacio en dicha universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28240

Tercera. Actuaciones de la Universidad Politécnica de Madrid.
1. Corresponderá a la UPM llevar a cabo actividades encuadradas, dentro de los
siguientes ámbitos:
a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el MINISDEF.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales.
c) Elaborar el proyecto formativo, a realizar por los estudiantes, de las prácticas en
las diferentes modalidades, en coordinación con el Ejército del Aire y del Espacio, que
deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo, los
contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las
competencias a adquirir con los estudios cursados.
d) Remitir a la Dirección de Enseñanza del Mando Aéreo de Personal
(MAPER/DEN) del Ejército del Aire y del Espacio, la relación nominal, con expresión de
su Documento Nacional de Identidad y domicilio, de los alumnos seleccionados para la
realización de las prácticas en las plazas ofertadas. En los anexos I y II de este convenio
se encuentran reflejados el programa de cooperación y las normas generales de
aplicación a los alumnos en prácticas respectivamente.
e) Instrumentar las acciones necesarias para que sus alumnos en prácticas
cuenten con la cobertura de los seguros, comprobando previamente la suscripción y
vigencia de estas pólizas.
2. En relación a la realización de estudios de posgrado por parte del personal del
Ejército del Aire y del Espacio, la UPM se compromete a:
a) Instrumentar las acciones necesarias para facilitar varias plazas para realizar
estudios oficiales de postgrado para personal del Ejército del Aire y del Espacio, las
cuales deberán estar cubiertas por los seguros que corresponden a los alumnos que
cursan estudios en la UPM y según el marco y condiciones específicas recogidos en el
anexo III de este convenio.
b) Nombrar un tutor académico de apoyo al estudiante. Por otra parte, el estudiante
será objeto de un seguimiento de aprovechamiento por parte de la UPM y de sus
superiores en el Ejército del Aire y del Espacio.
En todo momento el estudiante estará sometido a los mismos criterios disciplinarios,
académicos y de evaluación que el resto de alumnos del programa de posgrado, sin
perjuicio de que puedan establecerse excepciones o adaptaciones en virtud de su
condición de personal del Ejército del Aire y del Espacio, con la aprobación de la jefatura
de estudios correspondiente.
Cuarta. Financiación y cotización a la Seguridad Social.
1. Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso
económico o financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no
supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de
dicho ministerio.
2. En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional
quincuagésima segunda Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones
a la Seguridad Social corresponderán a la UPM.

cve: BOE-A-2024-4650
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Núm. 61