III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-4650)
Resolución 420/38068/2024, de 4 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio por alumnos de la universidad, y para la realización de estudios de postgrado de personal del Ejército del Aire y del Espacio en dicha universidad.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28239

presente convenio se facilitará la realización de prácticas académicas tuteladas en
unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio y de estudios de
postgrado de personal de este ejército en la citada universidad.
Por lo expuesto anteriormente, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, respetando
las normas de acceso y matriculación de la UPM, y las normas particulares del
MINISDEF e internas de la UPM, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa (MINISDEF) y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) para:
1. La organización y desarrollo de prácticas académicas externas, así como
actividades relacionadas con la difusión del programa de prácticas en las unidades del
Ejército del Aire y del Espacio que anualmente se determinen, por parte de los alumnos
de la UPM.
2. La admisión de personal del Ejército del Aire y del Espacio en los estudios de
posgrado de la UPM, con el objetivo de mejorar su nivel de formación, su cualificación
técnica, así como facilitar su promoción interna.
Segunda.

Actuaciones del Ministerio de Defensa.

1. El MINISDEF se compromete a poner a disposición de la UPM para la
realización de las prácticas tuteladas de sus alumnos, los siguientes medios:
a) Personal con las cualificaciones necesarias que ejerza las funciones de tutor.
b) Las instalaciones apropiadas para la realización de las prácticas, dentro de las
existentes, en las unidades que, conforme a la cláusula tercera, se determinen.
c) Proponer anualmente aquellas plazas disponibles que podrán ser cubiertas por
alumnos de la UPM.
d) Poner a disposición del programa de prácticas las instalaciones e infraestructura
necesaria, así como los recursos humanos en la medida que sea posible.

a) Establecer la cooperación educativa para cada curso docente, determinando y
seleccionando al personal del Ejército del Aire y del Espacio que vaya a cursar estudios
de posgrado.
b) Comunicar a la UPM los datos del personal propio que haya accedido por los
procedimientos establecidos legalmente a los estudios de posgrado oficiales, una vez
finalizados los plazos de preinscripción y admisión fijados por la UPM para cada curso
académico.
c) Realizar el seguimiento del personal que cursa los estudios de posgrado por
parte del Ejército del Aire y del Espacio.
d) Analizar, a petición de la UPM y, en su caso, autorizar la participación de
conferenciantes y colaboradores del Ejército del Aire y del Espacio en el desarrollo de los
estudios de posgrado.
e) Autorizar, a petición de la UPM, la realización de visitas a instalaciones militares
pertenecientes al Ejército del Aire y del Espacio, que se consideren necesarias para el
desarrollo de los estudios de posgrado.

cve: BOE-A-2024-4650
Verificable en https://www.boe.es

2. En relación a la realización de estudios de posgrado por parte del personal del
Ejército del Aire y del Espacio, el MINISDEF se compromete a: