III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4660)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Depósito de consumo de explosivos para almacenamiento y ejecución de voladuras de la cantera Corralete-Draguillo, en la isla de Gran Canaria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28336

El Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria informa que no existe afección al
dominio público hidráulico.
3.5

Efectos sobre la flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.

El documento ambiental indica que la afección a la vegetación será poco significativa
debido a que la construcción del depósito se llevará a cabo en un área muy reducida,
dentro de la propia explotación, que se encuentra desprovista de vegetación.
La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Gobierno de
Canarias solicita que el promotor elabore un programa de limpieza y control de especies
invasoras donde se tengan en cuenta el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el
que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, el Real
Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la Lista de Especies Exóticas
Invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias, y la Orden
de 13 de junio de 2014, por la que se aprueban las Directrices Técnicas para el manejo,
control y eliminación del rabogato (Pennisetum setaceum).
El promotor indica que los terrenos donde se llevará a cabo el proyecto fueron
evaluados ambientalmente, incluyendo los pertinentes estudios sobre la flora, sin que se
detectase la presencia de especies exóticas invasoras en la explotación, cuestión
recogida en la declaración de impacto ambiental para la unificación de las canteras de
Corralete y de Draguillo. En consecuencia, no considera necesario elaborar un programa
de limpieza y control de especies invasoras.
3.6

Efectos sobre la fauna.

Durante la fase de ejecución, se prevén impactos sobre la fauna, fundamentalmente
relacionados con posibles desplazamientos de esta a causa del ruido generado durante
las obras y el movimiento de maquinaria, lo que también podría ocasionar atropellos.
La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Gobierno de
Canarias ha detectado la presencia en el ámbito de estudio del alcaraván (Burhinus
oedicnemus distinctus), una especie protegida que podría verse directa o indirectamente
afectada por el desarrollo del proyecto. En consecuencia, este organismo trasladó al
promotor que en caso de detectar la presencia de nidos o ejemplares en el entorno de la
actuación se comunicará al organismo competente para que, en caso de que se estime
oportuno, se establezcan las medidas preventivas y correctoras que se consideren
oportunas.
El promotor afirma que, en el procedimiento de evaluación ambiental previo, las
especies del entorno fueron evaluadas y se establecieron las medidas correctoras para
la avifauna en relación con las voladuras periódicas. Cita el Plan de Vigilancia Ambiental
de la explotación e indica que se remiten informes cada seis meses, a la Dirección
General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente del Gobierno de
Canarias.
Efectos sobre Espacios Protegidos y Red Natura 2000.

El ámbito de estudio no coincide con ningún Espacio Natural Protegido ni incluido en
la Red Natura 2000. Los espacios con alguna de estas figuras de protección más
próximos al ámbito del proyecto son: La Zona Especial de Conservación «Amagro»
(ES7010011), declarado mediante el Decreto 174/2009, de 29 de diciembre, del
Gobierno de Canarias, y el Monumento Natural de «Amagro» (C-13), ubicados hacia el
sur del emplazamiento del depósito de explosivos, a unos 70 m de distancia.
La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Gobierno de
Canarias informa que, dadas las características del entorno donde se desarrolla el
proyecto, una zona alterada y antropizada por el uso de la cantera, no es previsible que
las instalaciones a construir puedan suponer una afección al mismo.

cve: BOE-A-2024-4660
Verificable en https://www.boe.es

3.7