I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-4616)
Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de marzo de 2024
3.

Sec. I. Pág. 28177

Especialmente, se atribuyen a la Subsecretaría las siguientes funciones:

a) La dirección, impulso y coordinación de las actuaciones relativas a la
participación del departamento en los órganos colegiados del Gobierno y en los de
colaboración y apoyo al Gobierno.
b) La asistencia a la persona titular del Ministerio en el control de eficacia del
departamento y sus organismos públicos.
c) La responsabilidad del asesoramiento jurídico a la persona titular del Ministerio
en el desarrollo de las funciones que a ésta le corresponden y, en particular, en el
ejercicio de su potestad normativa y en la producción de los actos administrativos de la
competencia de aquella.
d) La elaboración del anteproyecto anual de presupuestos del Ministerio y la
coordinación de los correspondientes a las entidades y organismos públicos adscritos,
así como el seguimiento de la ejecución presupuestaria y tramitación de sus
modificaciones.
e) La gestión económica y financiera, así como la planificación y seguimiento de la
contratación administrativa.
f) La planificación, dirección y administración de los recursos humanos del
departamento y las relaciones con las organizaciones sindicales y entidades
representativas del personal, así como la gestión de los planes de formación, acción
social y de los programas de prevención de riesgos laborales.
g) La tramitación de los expedientes de compatibilidad relativos al personal del
Ministerio, así como de sus organismos públicos vinculados a los que resulte de
aplicación la normativa sobre incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas. Asimismo, le corresponde el ejercicio de la potestad
disciplinaria del personal del departamento, en los términos previstos en la legislación
que resulte de aplicación.
h) La ejecución de los planes y programas de inspección de los servicios y la
evaluación del funcionamiento de los órganos y unidades de los servicios, entidades y
organismos públicos adscritos.
i) El ejercicio de las funciones de la Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo
previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y de acuerdo con
el Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad
de la Administración General del Estado.
j) El ejercicio de las funciones de Unidad de inclusión del personal con
discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta del
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
k) La coordinación de las evaluaciones de las políticas públicas de competencia del
departamento y, en su caso, la realización de las mismas, que determine la persona
titular del Ministerio, de acuerdo con el plan de evaluaciones de políticas públicas que
apruebe el Consejo de Ministros, con el apoyo del Instituto para la Evaluación de
Políticas Públicas.
l) La gestión de bienes materiales, muebles e inmuebles y su inventario, los
arrendamientos, la ejecución de obras y el mantenimiento y conservación de los edificios
del Ministerio.
m) La dirección y coordinación de las Oficinas de asistencia en materia de registro,
así como de los servicios técnicos, de seguridad, de reprografía y, en general, los de
régimen interior y asuntos generales del Ministerio.
n) La planificación, dirección y coordinación de los sistemas de información; la
elaboración, preparación y propuesta de necesidades de los recursos tecnológicos, así
como la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y la
dirección y coordinación del portal web, sede electrónica e intranet.
ñ) La elaboración, desarrollo y ejecución de los planes de digitalización del
departamento, así como la implantación y seguimiento de los planes de trasformación

cve: BOE-A-2024-4616
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Núm. 61