I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-4616)
Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 28182

Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5
de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General
del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas
sobre su personal.
El Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se
modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los
servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, queda modificado como sigue:
Uno. Se modifica el apartado 4 del artículo 2, que pasa a tener la siguiente redacción:
«4. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Justicia,
existirá una Abogacía del Estado integrada orgánicamente en la del Departamento.
Asimismo existirá una Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el ámbito de la Secretaría de Estado, integrada
orgánicamente en la Intervención Delegada del Departamento.»
Dos. Se modifica la letra j) del apartado 1 del artículo 10, que queda redactada
como sigue:
«j) El apoyo y asistencia a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en la coordinación
administrativa del Gobierno en sus relaciones con las Cortes Generales y,
especialmente, en la coordinación de las asesorías parlamentarias de los
diferentes gabinetes ministeriales.»
Tres. Se modifica el apartado 5 del artículo 12, que pasa a tener la siguiente
redacción:
«5. Estarán adscritas a la Subsecretaría, con las funciones que le atribuyen
las disposiciones vigentes y sin perjuicio de su dependencia del Ministerio de
Hacienda y de la Abogacía General del Estado, respectivamente:
a) La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración
General del Estado, con rango de Subdirección General, en la que se integra
orgánicamente la existente en la Secretaría de Estado de Justicia.
b) La Abogacía del Estado en el Departamento, también con rango de
Subdirección General, en la que se integra orgánicamente la que asume el
asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Justicia.»
Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, queda
modificado como sigue:
«4. La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura está integrada
por las siguientes unidades:
a) La Subdirección General de Políticas Urbanas, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones señaladas en el apartado 1.a), b), c), d), e), f), g), h), i),
j), k), l), m), así como las señaladas en el apartado 1.n), ñ), o) en colaboración con

cve: BOE-A-2024-4616
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Núm. 61