III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4478)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Repotenciación para el aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica de doble circuito L/400 kV Aragón-Ascó, en las provincias de Tarragona y Teruel".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27352

En fase de explotación, la afección paisajística consistirá en la mayor visibilidad de
los apoyos por el aumento de altura, que tendrá más incidencia en las zonas con mayor
accesibilidad visual hacia la línea, es decir, cerca de núcleos de población. El promotor
recuerda que los recrecidos afectan únicamente a 39 de los 174 (22,41 %) apoyos que
constituyen la línea Aragón-Ascó y que los incrementos de altura planteados oscilan
entre 3 y 7 m (10-15 %). Mediante herramientas informáticas, calcula la diferencia de
visibilidad actual y futura (apoyos recrecidos), de cuyo resultado no se obtienen
diferencias significativas, por lo que los incrementos de altura no suponen un cambio
significativo en la cuenca visual de la instalación. Por ello, considera compatible el efecto
paisajístico y visual del proyecto. Como medida, propone la restauración ambiental y
paisajística del entorno.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña considera compatibles los impactos en la fase de obras, así como adecuado el
método de cálculo utilizado por el promotor, por lo que los impactos durante la
explotación serán prácticamente nulos.
El INAGA informa que la calidad paisajística no se verá modificada
significativamente.
Efectos sinérgicos y acumulativos.
El promotor descarta que se produzcan efectos acumulativos durante la fase de
obras debido al carácter localizado y puntual de las actuaciones.
Para la fase de explotación, el promotor analiza los efectos acumulativos del
proyecto con otras infraestructuras presentes (líneas eléctricas, subestaciones,
instalaciones de origen renovable), sobre factores como la población y la salud, los usos
del suelo y el paisaje. Señala que, al no cambiar el trazado de la línea ni la ubicación de
los apoyos, los efectos serán inexistentes o no significativos. Respecto al impacto
acumulativo sobre la avifauna, por aumento del riesgo de colisión o alteración del vuelo,
analiza los tramos de entrada a las subestaciones de Aragón y Ascó, donde confluyen
numerosas infraestructuras de evacuación de centrales cercanas, la presencia de
aerogeneradores de parques eólicos y de otros tendidos eléctricos. Indica que la
coexistencia en el ámbito de estudio de tramos existentes con medidas contra la colisión
junto con la instalación de nuevos dispositivos en los vanos anterior y posterior a cada
apoyo con recrecido dentro de las áreas de protección de avifauna frente a tendidos
eléctricos (recogida en el apartado de fauna de esta resolución) harán que no existan
efectos acumulativos derivados del proyecto.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña considera que, dadas las características del proyecto y vista la valoración de
impactos sinérgicos realizada en el documento ambiental, no se producirán efectos
acumulativos ni sinérgicos en las fases de obras y explotación.
El INAGA indica que los efectos acumulativos no se consideran significativos al
tratarse de actuaciones puntuales en apoyos de una línea existente.
Vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidentes graves o catástrofes.
El documento ambiental incluye un apartado específico que analiza la vulnerabilidad
del proyecto ante el riesgo de accidentes graves, durante la ejecución del proyecto, por
vertidos accidentales y generación de incendios, que valora como no significativos con la
aplicación de las medidas ya recogidas en distintos apartados de esta resolución, en
especial con el estricto control preventivo en el manejo de sustancias contaminantes y
combustibles, así como un correcto mantenimiento de la maquinaria.
En relación con las catástrofes naturales, señala que el riesgo de inundación no se
considera un factor de vulnerabilidad del proyecto, al tratarse de una línea existente; que
la peligrosidad sísmica es baja y no supone un riesgo; y que no hay constancia de suelos
potencialmente contaminados en las zonas de actuación. En el ámbito de estudio el
riesgo de incendios forestales es alto, pero la disponibilidad de equipos contraincendios

cve: BOE-A-2024-4478
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Núm. 59