III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-4470)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de la Corporación de Radiotelevisión Española, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024
13.1

Sec. III. Pág. 27293

Procedimientos.

La provisión de plazas de carácter fijo se realizará de acuerdo con los
siguientes procedimientos:






Reingreso de excedentes voluntarios.
Traslado.
Promoción/cambio de ocupación tipo.
Nueva incorporación.
Contratación directa.

Con el fin de promover la movilidad interna y el desarrollo profesional de la
plantilla, el proceso ordinario de convocatoria de plazas, al margen del reingreso
de excedentes voluntarios que, cumpliendo los requisitos, hayan solicitado el
reingreso, seguirá el siguiente orden:
– Las plazas de ocupaciones tipo que se encuadren en el Grupo Profesional l
se ofertarán en primer lugar por el procedimiento de traslado, y a continuación por
los procedimientos de promoción y cambio de ocupación tipo. Las que se
encuadren en el Grupo Profesional ll se ofertarán en primer lugar a traslado y a
continuación por el procedimiento de cambio de ocupación tipo.
– Para cada convocatoria se establecerán las ocupaciones tipo de las plazas
ofertadas de acuerdo con las necesidades organizativas, y podrá incluir
ocupaciones tipo de los Grupos Profesionales l y ll, o bien de uno solo de estos
Grupos. En caso de quedar plazas de traslado sin adjudicar en una convocatoria,
no pasarán necesariamente a incrementar la oferta de plazas de promoción (si
fueran de Grupo Profesional I) y cambio de ocupación tipo.
– Las plazas que no se hayan cubierto por procedimientos internos o de
reingreso de excedentes, o bien cuando se defina un cupo específico de la oferta
total para esta modalidad, se podrán ofertar por el procedimiento de nueva
incorporación.
– Finalmente, si no se cubrieran por ninguno de los procedimientos anteriores,
se podrá recurrir a la contratación directa.
13.2

Convocatorias.

Las bases de las convocatorias fijarán, entre otros aspectos:

Se publicarán en la intranet de la Corporación RTVE, web de RTVE, tablones
de anuncios o en cualquier otro medio que permita asegurar su publicidad a toda
la ciudadanía y facilitar la concurrencia.
Los requisitos de participación y profesionales que se establezcan en la
convocatoria deberán cumplirse el día que expire el plazo de presentación de
solicitudes.»

cve: BOE-A-2024-4470
Verificable en https://www.boe.es

– El procedimiento de cobertura.
– El proceso selectivo y, en su caso, los criterios a valorar y baremos
aplicables.
– Requisitos de participación.
– Grupo profesional, ámbito ocupacional y ocupación tipo de las plazas
ofertadas.
– Destino geográfico. Entendido como centro de trabajo.
– Requisitos de titulación, experiencia, competencias y aptitudes exigibles en
cada caso.