III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-4470)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de la Corporación de Radiotelevisión Española, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4470

Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de la
Corporación de Radiotelevisión Española, S.M.E., SA.

Visto el texto del acta de la Comisión negociadora del III Convenio colectivo de la
Corporación de Radiotelevisión Española, S.M.E., SA, que fue publicado en el BOE
de 22 de diciembre de 2020 (código de convenio núm. 90100582012011), en cuyo anexo
se contiene el acuerdo de modificación parcial de los artículos 13, 18, 21 y 99,
apartados 3 y 4, anexo I, disposición transitoria octava y disposición final primera del
mencionado convenio colectivo, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 20 de febrero
de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT, CC. OO., SI,
USO y CGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 86.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del acuerdo de modificación del convenio colectivo que se
contiene en el anexo de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a
través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de febrero de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
TEXTO DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN PARCIAL DEL III CONVENIO
COLECTIVO DE RTVE
Modificación del artículo 13 del CC:

La provisión de plazas que impliquen cambio de destino geográfico, cambio de
grupo profesional o de ocupación tipo, reincorporación de situaciones de
excedencia de trabajadores de plantilla, o nuevo ingreso de personal fijo, se
llevará a cabo según se establece en este convenio colectivo.

cve: BOE-A-2024-4470
Verificable en https://www.boe.es

«Artículo 13. Provisión de plazas.