III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4467)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y Cruz Roja, en el ámbito de la búsqueda y salvamento de las personas en peligro en la mar y la lucha contra la contaminación marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

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Cruz Roja Española se compromete a llevar rotulado, en las embarcaciones a
disposición del presente convenio, el emblema de SASEMAR, de acuerdo con las
normas establecidas en el Manual de Identidad Institucional de Cruz Roja Española y
conforme al Manual Corporativo de SASEMAR.
En la medida que sea posible, Cruz Roja podrá poner a disposición otros recursos
acuáticos de su propiedad cuando alguna de las unidades que componen la flota a
disposición esté fuera de servicio temporalmente. La disponibilidad de dichos recursos
estará siempre sujeta a la valoración de Cruz Roja en cada momento.
Para el desarrollo de las actividades y acciones derivadas del presente convenio,
Cruz Roja Española, además de la financiación que pueda recibir de la Administración
General, a través del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o de otros órganos
de la misma, podrá recibir financiación de las Administraciones Autonómicas,
Provinciales y Locales, así como de Entidades Privadas. La comisión de seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del convenio, que se establece en la Cláusula octava,
estará permanentemente informada de las financiaciones que se vayan obteniendo.
Se considera necesario continuar mediante este convenio con el programa de
adquisición de unidades de nueva construcción propiedad de SASEMAR por lo que, si la
capacidad presupuestaria de la entidad pública empresarial lo posibilita, se procederá a
su fabricación con objeto de posicionarlas en aquellas ubicaciones donde la antigüedad,
operatividad y estado de mantenimiento de las embarcaciones existentes así lo
aconsejen.
Quinta.
Con objeto de garantizar que todo el personal de Cruz Roja Española alcance y
mantenga el grado de competencia necesario, periódicamente se realizarán ejercicios de
coordinación de los distintos procedimientos y técnicas en operaciones simuladas. Los
firmantes promoverán anualmente planes específicos para la formación y reciclaje del
personal, utilizando a tales efectos los medios e instalaciones de que dispongan. Los
ejercicios serán definidos en el plan de acción correspondiente.
Sexta.
Con el fin de que la opinión pública en general tenga mejor conocimiento de las
posibilidades de la organización de búsqueda y salvamento marítimo, las Partes podrán
llevar a cabo campañas informativas en cuyo caso se financiarán conjuntamente.
Salvo pacto expreso en contrario, los derechos de propiedad industrial o intelectual
que puedan generarse por la colaboración derivada de este convenio corresponderán
por igual a ambas partes. Será necesario el consentimiento de ambas partes para ceder
o disponer de tales derechos.
Tanto en publicaciones como en patentes se respetará siempre la mención expresa a
los autores o inventores, según los casos. En cualquiera de los casos de difusión de
resultados se hará siempre referencia especial al documento jurídico en el que se
concrete la colaboración.

Cada una de las partes estará obligada a guardar la más estricta confidencialidad
sobre el contenido de este convenio, así como sobre los datos o información a los que
pudiera tener acceso o que pudieran generarse como consecuencia de su ejecución.
Únicamente podrán ponerse en conocimiento de terceros aquellos extremos que, previo
acuerdo escrito de ambas partes, se autoricen. La información se destinará los
exclusivos fines del convenio.
De conformidad con el vigente Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales, a la libre circulación de estos datos, y con

cve: BOE-A-2024-4467
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.