III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4467)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y Cruz Roja, en el ámbito de la búsqueda y salvamento de las personas en peligro en la mar y la lucha contra la contaminación marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27253

ANEXO X
Colaboracion de los Equipos de Respuesta Inmediata en Emergencias (ERIE)
especializados en intervencion psicosocial de Cruz Roja Española en tareas de
atencion a afectados, familiares y al personal de salvamento maritimo por
situaciones de emergencia en el ambito maritimo
A)

Definición de la actividad

Los equipos de Intervención Psicosocial de Cruz Roja Española tienen como
principal objetivo proporcionar una adecuada atención integradora a las víctimas,
familiares y allegados, y al personal de Salvamento Marítimo, que se vean afectados por
una situación de emergencia, con la finalidad de satisfacer las necesidades psicológicas,
sociales y sanitarias que puedan presentar en los primeros momentos de la crisis.
La capacidad de intervención de los equipos con afectados, familiares y allegados se
centra en la fase de emergencia, iniciando su actuación en los primeros momentos de la
crisis y finalizando su intervención en la fase de resolución que generalmente coincide
con la repatriación y funeral de las víctimas.
Para la intervención con afectados, familiares y allegados, los ERIE se componen de
un equipo multidisciplinar siendo su composición la siguiente: 1 jefe de equipo, 1
psicólogo, 1 medico/enfermero, 1 trabajador social y 10 socorristas de acompañamiento.
La estructura del equipo se organizará según las características de la emergencia.
La atención al personal de Salvamento Marítimo por parte de los ERIE de Cruz Roja
se realizará una vez finalizada la emergencia, siendo efectuada por un psicólogo/a por
cada unidad marítima afectada. En el caso de precisarse un mayor número de
intervinientes de Cruz Roja Española, serán requeridos por Salvamento Marítimo. Estas
sesiones serán previamente informadas por parte de SASEMAR a las tripulaciones,
poniendo en su conocimiento la metodología y utilidad de las mismas, así como las
posibles derivaciones para apoyo continuado.
Actualmente Cruz Roja tiene operativos un total de 43 de Intervención Psicosocial,
12 de ámbito autonómico, 25 de ámbito provincial y 16 de ámbito insular ubicados en
todo el territorio nacional y por tanto se asume el compromiso de estar disponible para
intervenir en un tiempo máxima de 6 horas, siendo variable el tiempo para trasladarse a
la zona.
Las funciones más específicas para realizar por parte de los ERIES con las víctimas,
familiares y allegados se centran en:
– Valorar necesidades psicosociales presentes en los diferentes escenarios de
intervención (puerto, salas de recepción de víctimas y familiares, hoteles, hospitales,
capillas ardientes, etc.) para proporcionar respuestas especializadas.
– Teniendo en cuenta la demanda de intervención e información facilitada por parte
de SASEMAR, los ERIES de Cruz Roja establecerán contacto con otros equipos de
intervención psicosocial presentes en la zona, para coordinar el dispositivo de atención a
víctimas y familiares.
– Asesorar a los gestores de la emergencia sobre distintos aspectos psicosociales
que inciden negativamente en la salud de los afectados (organización de capillas
ardientes, mecanismos óptimos de información y comunicación de malas noticias,
técnicas de manejo de los rumores sociales, etc.).
– Prestar apoyo Psicosocial a las víctimas que resulten ilesas así coma a familiares
y allegados de los afectados directos, normalizando las reacciones de los afectados para
prevenir la aparición de cuadros psicopatológicos y facilitar la pronta vuelta a la
normalidad.
– Moderar dinámicas familiares para asegurar el soporte emocional.
– Detección de los grupos de riesgo (menores, ancianos, familiares no
acompañados) estableciendo medidas especiales de actuación.

cve: BOE-A-2024-4467
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Núm. 59