II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Carrera Fiscal. (BOE-A-2024-4448)
Orden PJC/205/2024, de 1 de marzo, por la que se convocan plazas de Abogadas y Abogados Fiscales sustitutos correspondientes al año judicial 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 27173

6. No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
7. No haber sido cesado como Magistrada o Magistrado suplente, Jueza o Juez
sustituto o letrada o letrado de la Administración de Justicia sustituto por falta de
idoneidad o aptitud.
8. No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de la carrera
judicial, de la carrera fiscal, de un cuerpo del Estado, de las comunidades autónomas o
de las administraciones locales, ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas en
vía disciplinaria o judicial, salvo que haya sido debidamente rehabilitado.
9. No haber renunciado al llamamiento en los términos previstos en el artículo 28
del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero.
10. No haber sido sancionada o sancionado en expediente disciplinario por su
ejercicio profesional como Abogada o Abogado Fiscal sustituto, salvo que se haya
cancelado la anotación de la sanción o esta fuera susceptible de cancelación.
11. Quienes opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán
indicarlo de forma expresa, marcando la casilla correspondiente al formalizar su
inscripción, además de reunir los siguientes requisitos:
a) Tener una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
b) Compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes a
la función fiscal.
Tercera.

a) Certificación del Departamento ministerial competente o, en su caso, del órgano
correspondiente de la comunidad autónoma con la competencia transferida en esa
materia, que acredite que tienen una discapacidad en grado igual o superior al 33 por
ciento.
b) Acreditación de su compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas
correspondientes a la función fiscal.
Quienes concurran por este cupo de reserva solo podrán solicitar las fiscalías con
plazas específicamente previstas para este turno. Si quisieran optar a las plazas del

cve: BOE-A-2024-4448
Verificable en https://www.boe.es

Quienes deseen participar en este proceso deberán formalizar su solicitud mediante
el asistente de inscripción, que le guiará durante todo el proceso y que estará disponible
en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, https://
www.mjusticia.gob.es, sección «Ciudadanía», «Empleo Público y Acceso a Profesiones»,
«Acceso a convocatorias por perfiles profesionales», «Abogados Fiscales Sustitutos».
Como resultado de la inscripción en la convocatoria, el candidato se podrá descargar
un documento con la solicitud cumplimentada, que servirá de justificante.
El plazo de solicitud será de diez días naturales a contar desde el siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En todos los supuestos se incluirá necesariamente: fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad, del título de licenciado/graduado en Derecho o
certificación sustitutoria provisional del mismo, así como de los documentos que resulten
acreditativos de los méritos alegados por quien participe en la convocatoria.
Quienes hubieran participado en cualquiera de las dos convocatorias precedentes
sólo deberán aportar aquella documentación que sea acreditativa de los nuevos méritos
a valorar.
El certificado de servicios prestados en funciones de sustitución efectuadas en la
carrera fiscal, carrera judicial o en el Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia, así como el de antecedentes penales de todos los aspirantes que participen en
la convocatoria será aportado directamente por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, a través de sus órganos administrativos.
Quienes opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán
presentar, además: