III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-4416)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Xunta de Galicia, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27064

Y que procede, por tanto, la adaptación del convenio suscrito a esta nueva
redacción.
Tercero.
Que de acuerdo con la disposición transitoria única del Real Decreto 378/2022, de 17
de mayo, las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 938/2021, de 26 de octubre, podrán solicitar, con carácter excepcional y con el
fin de garantizar su realización, la ampliación del plazo máximo de ejecución inicial de los
proyectos piloto de itinerarios de inclusión social conforme a lo establecido en el
artículo 8 de dicho real decreto.
Cuarto.
Que de acuerdo con el apartado 2 del artículo 8 del Real Decreto 938/2021, de 26 de
octubre, las entidades subvencionadas podrán solicitar, con carácter excepcional,
modificaciones del contenido de la resolución basadas en la aparición de circunstancias
que alteren o dificulten el desarrollo del programa, o que afecten a la forma y plazos de
ejecución o de justificación de los gastos del proyecto, y podrán ser autorizadas siempre
que no dañen derechos de tercero. Las solicitudes de modificación deberán fundamentar
suficientemente dicha alteración o dificultad y presentarse, ante la Secretaría General de
Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con anterioridad, en todo caso, al
momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto, determinado en el propio
convenio y resolución de concesión.
Quinto.
Que con fechas 4 de agosto de 2022 y 24 de enero de 2024, se resuelven sendas
autorizaciones para realizar modificaciones basadas en la aparición de circunstancias
que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y
plazos de ejecución por la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia, entidad
beneficiaria de la subvención en el marco del Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre.
Que procede trasladar dichas modificaciones al Anexo I del convenio suscrito,
adaptando su redacción a la misma.
Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes
suscriben la presente adenda al convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.

1. La adaptación del convenio a la nueva redacción de los artículos 6 y 16 del Real
Decreto 938/2021, de 26 de octubre, introducida por el Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo.
2. Adaptación del Anexo I a las resoluciones de fechas 4 de agosto de 2022 y 24 de
enero de 2024 de autorización para realizar modificaciones en el proyecto basadas en la
aparición de circunstancias que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y
han afectado a la forma y plazos de ejecución.

cve: BOE-A-2024-4416
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda al convenio suscrito entre la Administración General del Estado,
a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
y la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia, para la realización de un
proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, tiene por objeto: