III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-4416)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Xunta de Galicia, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27063

Y de otra, doña Fabiola García Martínez en su condición de Consejera de Política
Social y Juventud de la Xunta de Galicia nombrada por Decreto 60/2022, de 15 de mayo,
y en función de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de
febrero, de normas reguladoras de la Xunta de Galicia y de su presidencia, y de
conformidad con lo dispuesto en el Decreto 59/2023, de 15 de junio, por el que se
establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, así como en el Decreto 79/2023,
de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las
consellerías de la Xunta de Galicia y en el Decreto 124/2022, de 23 de junio, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social y Juventud,
actuando en nombre y representación de la Consellería de Política Social y Juventud.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe
de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, con fecha 28 de diciembre de 2021 las partes suscribieron el Convenio para
la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
con fecha 31 de enero de 2022, (BOE núm. 26).
Segundo.
Que de acuerdo con el apartado 2 de la disposición final primera del Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de
la inclusión social, por un importe de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia:
Se da nueva redacción al apartado 4 del artículo 6, que queda redactado como
sigue:
«4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del
correspondiente convenio que articule las subvenciones y que sean desarrolladas
a partir del 1 de febrero de 2020 hasta, como máximo, el 31 de octubre de 2023
para la ejecución del itinerario objeto de la subvención y hasta el 31 de marzo
de 2024 para su evaluación, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.»

Se modifica el apartado 1 del artículo 16 que queda redactado como sigue:
«1. El plazo de ejecución de los proyectos piloto de itinerarios de inclusión
social objeto de las subvenciones previstas en el presente texto no deberá
exceder la fecha límite del 31 de octubre de 2023, mientras que la evaluación de
los mismos, objeto de la subvención, no se extenderá del plazo del 31 de marzo
de 2024, con la finalidad de cumplir con los hitos marcados por el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de política de inclusión.»

cve: BOE-A-2024-4416
Verificable en https://www.boe.es

Que de acuerdo con el apartado 3 de dicha disposición final: