V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-7922)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 29 de febrero de 2024, en el tramo de costa de unos 4.945 metros de longitud, comprendido entre la Punta de la Mesa de Tauro hasta el acantilado de Taurito, en el término municipal de Mogán (Isla de Gran Canaria). DES01/99/35/0026-DES10/01. DL-207-LAS PALMAS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 11708

de Costas en Canarias la incoación del expediente de deslinde, conservando los
actos y trámites efectuados desde el inicio hasta la remisión a la Dirección General
de la Costa y del Mar del proyecto de deslinde inclusive.
VI) Con fecha 24 de febrero de 2022, la Demarcación de Costas en Canarias
incoó el expediente de deslinde.
La Providencia de incoación del expediente de deslinde se publicó en el Boletín
Oficial de la Provincia con fecha 4 de marzo de 2022, en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de Mogán, en un diario de los de mayor circulación de la zona, en el
tablón de anuncios de la Demarcación de Costas en Canarias y en el tablón digital
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, otorgándose el
plazo de un mes para que cualquier interesado pudiera comparecer en el
expediente, examinar el plano de la delimitación provisional o formular
alegaciones.
VII) Con fecha de registro de salida 28 de marzo de 2022 se solicitaron
informes a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio
Climático y Planificación Territorial, del Gobierno de Canarias, al Cabildo de Gran
Canaria y al Ayuntamiento de Mogán, así como a este último, la suspensión
cautelar del otorgamiento de licencias de obra en el ámbito afectado por el
deslinde.
- La Consejería remitió informe, de fecha 29 de marzo de 2022, indicando
esencialmente que el planeamiento vigente en el año 1988 son las Normas
Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Mogán, aprobada el 17-111987, y que según dicho documento, los terrenos comprendidos entre los vértices
3 y 139 estaban clasificados como suelo urbanizable, por lo que, a su juicio, la
servidumbre de protección ha de ser de 20 metros. Asimismo indican en su informe
que la cartografía utilizada no está actualizada.
- El Cabildo de Gran Canaria emitió informe favorable, de fecha 7 de abril de
2022, a la propuesta de deslinde.
- El Ayuntamiento de Mogán remitió informe, de fecha 31 de marzo de 2022,
enumerando los antecedentes urbanísticos del tramo afectado por el deslinde, e
indicando, en relación con la anchura de la servidumbre de protección que a la
entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, en el ámbito del
deslinde, el suelo ostentaba la clasificación de suelo urbanizable y contaba con
Plan Parcial aprobado (Centro de Interés Turístico Nacional el Complejo "Costa
Tauritos"), por lo que resultaría de aplicación lo dispuesto en el apartado 2.b de la
Disposición Transitoria Tercera de dicha Ley.
Asimismo, en relación con la línea de deslinde manifestó que, a su juicio, el
deslinde se ha trazado de manera arbitraria, estableciéndose diferentes criterios
para determinar qué se considera acantilado y hasta donde llega la coronación de
los mismos.
Igualmente mostró su disconformidad con la servidumbre de tránsito entre los
vértices M-146 y M-147, al entender que el vértice M-147 ha sido desplazado hacia
el interior, por lo que el paso peatonal existente se encuentra parcialmente dentro
del DPMT.
VIII) La relación de titulares de fincas colindantes, fue remitida al Registro de la
Propiedad de Telde, con fecha de registro de salida 2 de marzo de 2022, junto con

cve: BOE-B-2024-7922
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Núm. 58