V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-7832)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se declara la utilidad pública en concreto de línea aérea/subterránea DC 66/15 kV para interconexión de las plantas fotovoltaicas "Palma Hive" y "Pedregal Hive" con subestación Palma del Condado, en el término municipal de La Palma del Condado (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 5 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 11538

Por último, hay que tener en cuenta que realizar una modificación del trazado
supondría una modificación sustancial del proyecto, lo que supondría volver a
realizar toda la tramitación.
Posteriormente, se aporta al expediente acuerdo al que han llegado ambas
partes en fecha 3 de octubre de 2023.
2.- Con fecha 3 de julio de 2023 se recibe en esta Delegación Territorial un
escrito de alegaciones firmado conjuntamente por una serie de afectados por la
línea, que obra en el expediente, y en el que, en síntesis, ponen de manifiesto, que
las plantas fotovoltaicas invaden caminos públicos; que bajo la apariencia de dos
proyectos independientes se presenta una línea de evacuación doble que va a
utilizar dos circuitos de evacuación; el trazado elegido es el más gravoso, al elegir
la línea central demuestran un total desconocimiento del terreno, afectando a
plantaciones de viñedos y un mayor número de parcelas, en lugar de haber elegido
el trazado de la propuesta Norte que tiene acceso directo a las plantas y puede
discurrir paralelo a un camino público existente. Por otro lado, alegan la nulidad de
la Autorización Ambiental Unificada, que no ha tenido en cuenta que el trazado
discurre por viñedos y olivar, cultivos protegidos, poniendo en peligro la posibilidad
de conseguir la Certificación Ecológica para estos viñedos por el campo de
radiaciones electromagnéticas que genera la línea y poniendo también en peligro
la actividad Enoturística de algunas bodegas afectadas por el trazado, con lo que
sea a imposibilitar el crecimiento agrícola y la posibilidad de expansión de la zona,
amén del impacto que se produce en la flora y la fauna protegida de la zona.
Ponen en duda la utilidad pública de este tipo de instalaciones que solo
generan movimientos especulativos.
Firman estas alegaciones conjuntas los afectados por la línea:
- D. Juan Vega Menacho, propietario de dos parcelas afectadas en las que
existe una vivienda, una explotación agrícola y viñedos, y aunque en el nuevo
trazado se contempla la modificación de la ubicación de los apoyos, sigue
existiendo sobrevuelo de la línea sobre los viñedos.
- D.ª Mercedes Izquierdo Beltrán y D. Joaquín Mañes Postigo, cuya finca se
haya en plena producción de viñas en cultivo ecológico y cuenta con ganado
equino, discurriendo la línea por la parte donde se encuentra el viñedo.
- D. José Luis Lepe Mendoza, cuya finca afectada se dedica al cultivo de la vid
habiendo hecho diversas inversiones para adecuación del viñedo que se van a ver
gravemente perjudicadas con el paso de la línea, además de afectar también a su
salud el campo electromagnético generado por la misma ya que padece
enfermedades cardiovasculares.
- D. Juan Francisco Cárdenas Martínez, cuya plantación de viñedo se ve
afectada con la instalación de un apoyo.
- D. José María Villatoro Romero y D. Raúl Villatoro Romero, se ven afectados
por la instalación de un apoyo en su finca en medio de los olivos.
El resto de firmantes del escrito de alegaciones no están afectados por el paso
de la línea por las parcelas de su propiedad.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta
remite contestación con fecha 20 de julio de 2023, que consta en el expediente, y

cve: BOE-B-2024-7832
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Núm. 57