III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-4323)
Resolución 420/38063/2024, de 28 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Campus Internacional de Estudios Superiores, SL, para el desarrollo de programas de formación en empresa u organismo asociado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26637

En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y modificado por el Real decreto
Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los
pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo
marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, el cumplimiento de las
obligaciones a la Seguridad Social corresponderán al CIES.
Asimismo, corresponderá al CIES suscribir, en su caso, los convenios especiales
previstos en el apartado octavo de la citada disposición adicional quincuagésima segunda.
Novena.

Colaboración en formación y ayudas.

El ET y el Grupo Escuela Internacional de Protocolo desarrollarán actividades de
formación conjunta, en el ámbito de sus respectivas disciplinas.
Asimismo, el Grupo Escuela Internacional de Protocolo ofrece a todo el personal
del ET un descuento, a definir, en las diferentes titulaciones de que dispone, tanto a los
propios trabajadores, como a sus familiares hasta tercer grado. Se establecerá un
número anual de becas, ayudas o descuentos.
Décima.

Medidas de control, seguimiento y modificación del convenio.

A fin de procurar el desarrollo, seguimiento y modificación de este convenio, se
constituirá una Comisión Mixta formada por dos miembros de cada una de las partes.
Por el MINISDEF formarán parte de la Comisión Mixta el Jefe de la Unidad o Área
donde los alumnos realicen sus prácticas y de su inmediato superior.
Por el CIES formarán parte de la Comisión Mixta el Director del Programa de
Formación Profesional del Grupo EIP y el Jefe de Estudios de Formación Profesional del
Grupo EIP o las personas en las que deleguen.
La Comisión Mixta se constituirá en el plazo de tres meses desde que adquiera
eficacia este convenio, se reunirá con una periodicidad anual y siempre que lo solicite
algunas de las partes.
En su primera reunión se elegirán al presidente y al secretario, que levantará las actas
de dichas reuniones. Al final de cada año se elaborará una memoria de actividades.
El presidente podrá sustituir a los miembros de la Comisión Mixta designados por parte
del CIES que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma.
Serán funciones de la Comisión Mixta:
1. Promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones
estipuladas en el convenio, así como la interpretación de sus cláusulas.
2. Proponer la modificación, vigencia o resolución del convenio, mediante adenda,
dentro de lo suscrito en el propio convenio. Cualquier modificación del contenido del
convenio requerirá acuerdo unánime de las partes y se formalizará mediante adenda.
Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título
preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión Mixta para resolver problemas de interpretación y cumplimiento
del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contenciosa-administrativa, serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Además, será de aplicación el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

cve: BOE-A-2024-4323
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Undécima.